que nombra al Capitán de Navío Francisco A. Amiama Castillo, Director de Logística M. de G.; al Capitán de Navío Olgo M. Santana Carrasco Inspector General, M. de G. y al Capitán de Navío César A. Gil García, Director Gral. Capitanía de Puertos, M. de G
| Persona | Qué dice el decreto | Cargo e institución |
|---|---|---|
| Francisco Antonio Amiama Castillo | DesignaciónEn sustitución de César Antonio Gil García | Director de Logística, M. de G |
| César Antonio Gil García | Sustituido en el cargo | Director de Logística, M. de G |
| Olgo Manuel Santana Carrasco | DesignaciónEn sustitución de Francisco Antonio Amiama Castillo | Inspector General, M. de G |
| Francisco Antonio Amiama Castillo | Sustituido en el cargo | Inspector General, M. de G |
| César Antonio Gil García | DesignaciónEn sustitución de Olgo Manuel Santana Carrasco | Director General Capitanía de Puertos, M. de G |
| Olgo Manuel Santana Carrasco | Sustituido en el cargo | Director General Capitanía de Puertos, M. de G |
Leídas del texto del decreto: puede haber errores de lectura. El enlace con otras fuentes es por nombre y puede tratarse de otra persona con el mismo nombre.
Después del decreto: la declaración jurada de patrimonio de cada persona designada, sus cargos anteriores y si hoy dirige la institución.
Francisco Antonio Amiama Castillo · Director de Logística, M. de G
Olgo Manuel Santana Carrasco · Inspector General, M. de G
Declaración jurada: el plazo estimado venció el 8 may de 1965. Notifacto la comprobará en la lista de la Cámara de Cuentas cuando el directorio oficial de funcionarios registre la designación.
César Antonio Gil García · Director General Capitanía de Puertos, M. de G
Declaración jurada: el plazo estimado venció el 8 may de 1965. Notifacto la comprobará en la lista de la Cámara de Cuentas cuando el directorio oficial de funcionarios registre la designación.
El cruce con el directorio oficial de funcionarios y con la lista de declaraciones juradas de la Cámara de Cuentas es por nombre (y, en la declaración, por el número del decreto): puede tratarse de otra persona con el mismo nombre.
Cédulas, pasaportes, teléfonos, correos y domicilios tapados por Notifacto. Texto extraído del PDF original (en los documentos antiguos, por reconocimiento de imagen): puede tener errores de lectura.
Texto del corpus legal de ChatLeyes, el asistente legal con IA de República Dominicana.
Fuente: Consultoría Jurídica del Poder Ejecutivo (decretos y resoluciones de la Gaceta Oficial y la Colección de Leyes), leídos del corpus legal de ChatLeyes. Notifacto no publica cédulas, domicilios ni datos de contacto, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona