Texto de la norma
Decreto No. 2102, que autoriza a la Compañía "Unión de Seguros, C. por A.", a ampliar sus negocios de seguros.
(G. O. No. 8928, del 27 de Febrero de 1965.)
República Dominicana
EL TRIUNVIRATO
NUMERO 2102
VISTA la instancia que por mediación de la Superintendencia de Seguros y la Secretaría de Estado de Finanzas, ha elevado al Poder Ejecutivo la Compañía "Unión de Seguros, C. por A.", entidad aseguradora debidamente constituida y existente con arreglo a las leyes de la República Dominicana.
VISTA la Ley No. 3788, sobre Compañía de Seguros de fecha 19 de marzo de 1954, y sus modificaciones;
En ejercicio de las atribuciones que le confiere el artículo 55 de la Constitución de la República, dicta el siguiente
D E C R E T O :
Art. 1.— La Compañía "Unión de Seguros, C. por A.", compañía de seguros constituida y organizada con arreglo a las leyes de la República Dominicana, la cual fué autorizada mediante el Decreto No. 880, de fecha 4 de mayo de 1964 a ejercer el negocio de seguros en los ramos de robo, incendio y riesgos adicionales, fianza y fidelidad, y automóviles, queda autorizada a operar en todos los ramos de seguros en el territorio nacional.
Art. 2.— Esta autorización no será efectiva hasta tanto el Superintendente de Seguros haga la publicación prevista en el artículo 6 de la ley, ya citada y que la peticionaria cumpla ante dicho funcionario con todos los requisitos legales indicados por la ley.
DADO en Santo Domingo, Distrito Nacional, Capital de la República Dominicana, a los quince días del mes de febrero de mil novecientos sesenta y cinco, años 121° de la Independencia y 102° de la Restauración.
Donald J. Reid Cabral Ramón Cáceres Troncoso
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