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Abriendo el decreto…

Decreto

Decreto 3009

QUE AUTORIZA LA IMPRESION DE SELLOS ESPECIALES DE RENTAS INTERNAS

Documento original (Consultoría Jurídica) →Consultar normas en ChatLeyes →
26 dic de 1972fecha
Otrostipo
G. O. 9292Gaceta Oficial del 17 feb de 1973
Poder Ejecutivoórgano

Texto

Texto de la norma
Decreto Nº 3009, que autoriza la impresión de sellos especiales de Rentas Internas. (G. O. Nº 9292, del 17 de Febrero de 1973) JOAQUIN BALAGUER Presidente de la República Dominicana NUMERO 3009 VISTA la Ley Nº 2461, sobre Especies Timbradas, del 18 de julio de 1950; VISTA la Ley N° 370, del 22 de octubre de 1968, modificada por las Leyes Nos. 467, y 35, de fechas 15 de septiembre de 1969 y 13 de octubre de 1970, respectivamente; En ejercicio de las atribuciones que me confiere el artículo 55 de la Constitución de la República, dicto el siguiente DECRETO: ARTICULO UNICO.—Se autoriza la siguiente impresión de sellos especiales de Rentas Internas, conforme lo autoriza el artículo 3 de la Ley N° 370, del 22 de octubre de 1968, modificada por las Leyes Nos. 467, y 35 de fechas 15 de septiembre de 1969 y 13 de octubre de 1970, respectivamente. 300,000 (TRESCIENTOS MIL) sellos del tipo de RD$2.00, numerados del 225001 al 525000, color sepia. Estos sellos especiales para el pago del impuesto adicional establecido por la citada Ley 370, se harán en tamaño de 28 milímetros de alto por 38 milímetros de largo y tendrán el siguiente diseño: En el centro se destacará el Escudo Nacional; en la parte superior del sello se leerá con letras grandes "República Dominicana", y debajo de estas palabras con letras más pequeñas "Tribunal de Tierras"; en la parte inferior del sello se leerá "Rentas Internas". En el lado izquierdo del Escudo aparecerán las palabras "Ley N° 370" y en el lado derecho se leerá la fecha de dicha ley en números "22-10-68". En los ángulos superiores derecho e izquierdo aparecerá el valor de dichos sellos en número "RD$2.00" y en los ángulos inferiores derecho e izquierdo el valor de tal sello se consignará en letras: "Dos Pesos Oro". DADO en Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, Capital de la República Dominicana, a los veintiseis días del mes de diciembre del año mil novecientos setenta y dos, años 129° de la Independencia y 110° de la Restauración. JOAQUIN BALAGUER

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Texto del corpus legal de ChatLeyes, el asistente legal con IA de República Dominicana.

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Fuente: Consultoría Jurídica del Poder Ejecutivo (decretos y resoluciones de la Gaceta Oficial y la Colección de Leyes), leídos del corpus legal de ChatLeyes. Notifacto no publica cédulas, domicilios ni datos de contacto, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona