Texto de la norma
Decreto N° 890, que autoriza al Sr. Santana Reyes Osorio a hacer cambios en su nombre.
(G. O. N° 9021, del 18 de Enero de 1967)
JOAQUIN BALAGUER
Presidente de la República Dominicana
NUMERO 890
CONSIDERANDO que el señor Santana Reyes Osorio, dominicano, mayor de edad, soltero, estudiante, portador de la cédula de identificación personal [omitida] 66, domiciliado y residente en [domicilio omitido]. del Castillo Márquez", de la Provincia de La Romana, fué autorizado a realizar los procedimientos requeridos por la Ley N° 659, sobre Actos del Estado Civil, de fecha 17 de julio de 1944, a cambiar su nombre por el de Santiago Reyes Osorio;
CONSIDERANDO que en el presente caso se han cumplido todas las formalidades requeridas por la ley;
CONSIDERANDO que en fecha 10 de enero de 1967, la Procuraduría General de la República ha comunicado al Poder Ejecutivo que no se ha producido ninguna oposición al deseo del señor Santana Reyes Osorio;
VISTOS los artículos 81, 82 y 83 de la Ley N° 659, sobre Actos del Estado Civil, de fecha 17 de julio de 1944;
En ejercicio de las atribuciones que me confiere el artículo 55 de la Constitución de la República, dicto el siguiente
DECRETO:
Art. 1.—Se autoriza al señor Santana Reyes Osorio a cambiar su nombre por el de Santiago Reyes Osorio.
Art. 2.—El presente Decreto se publicará en la Gaceta Oficial para su conocimiento y cumplimiento y en un periódico de amplia circulación en el territorio nacional.
DADO en Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, Capital de la República Dominicana, a los dieciseis días del mes de enero del año mil novecientos sesenta y siete, años 123° de la Independencia y 104° de la Restauración.
JOAQUIN BALAGUER
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