Texto de la norma
Decreto N° 844, que autoriza a la Sra. Trinidad C. Alejandrina Hued de Matos a hacer cambios en su nombre.
(G. O. N° 9020, del 8 de Enero de 1967)
JOAQUIN BALAGUER
Presidente de la República Dominicana
NUMERO 844
CONSIDERANDO que en virtud de solicitud formulada por la señora Trinidad Cruz Alejandrina Hued de Matos, mayor de edad, casada, dominicana, domiciliada y residente en [domicilio omitido], provista de la cédula de identificación personal [omitida], fué autorizada, en fecha 2 de mayo de 1966, a realizar los procedimientos requeridos por la Ley N° 659, sobre Actos del Estado Civil, de fecha 17 de julio de 1944, para cambiar su nombre por el de Dulce Trinidad;
CONSIDERANDO que en el presente caso se han cumplido todas las formalidades de publicidad requeridas por la ley;
CONSIDERANDO que la Procuraduría General de la República ha certificado, en fecha 16 de diciembre de 1966, que no se ha realizado ninguna oposición legal a la solicitud formulada por la señora Trinidad Cruz Alejandrina Hued de Matos, para cambiar su nombre por el de Dulce Trinidad;
VISTOS los artículos 80, 81, 82 y 83 de la Ley N° 659, sobre Actos del Estado Civil, de fecha 17 de julio de 1944;
En ejercicio de las atribuciones que me confiere el artículo 55 de la Constitución de la República, dicto el siguiente
DECRETO:
Art. 1.—La señora Trinidad Cruz Alejandrina Hued de Matos, queda autorizada a cambiar su nombre por el de Dulce Trinidad.
Art. 2.—El presente Decreto se publicará en la Gaceta Oficial y en un diario de circulación nacional.
DADO en Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, Capital de la República Dominicana, a los cuatro días del mes de enero del año mil novecientos sesenta y siete, años 123° de la Independencia y 104° de la Restauración.
JOAQUIN BALAGUER
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