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Abriendo el decreto…

Decreto

Decreto 2903

QUE AMPLIA LAS FACULTADES DEL NEGOCIADO ADUANERO DE LA CIUDAD DE SANTIAGO DE LOS CABALLEROS

Documento original (Consultoría Jurídica) →Consultar normas en ChatLeyes →
13 nov de 1972fecha
Modifica o deroga normastipo
G. O. 9289Gaceta Oficial
Poder Ejecutivoórgano

Texto

Es el texto de la página de la Colección de Leyes donde se publicó: puede incluir el final de la norma anterior y el comienzo de la siguiente.

Texto de la norma
DECRETO: ARTICULO UNICO.—Los señores Manuel Antonio Moya Soler, Ramiro Malagón, Arq. Julio V. Lamarche, Dra. Elsa Rodríguez, Marcos Ramón Taveras Badía, Héctor Cabrera Hernández, Manuel Vicente Diez Méndez, Lic. Pedro Antonio Tejada Canaán, Ing. Héctor Emilio Quezada Estrella, Vinicio Almonte y Agustín Mariano Escoto quedan nombrados Miembros de la Comisión Nacional de Desarrollo, en adición a los ya designados. DADO en Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, Capital de la República Dominicana, a los trece días del mes de noviembre del año mil novecientos setentidos, años 129º de la Independencia y 110º de la Restauración. JOAQUIN BALAGUER Decreto Nº 2908, que amplía las facultades del Negociado Aduanero de la ciudad de Santiago de los Caballeros. (G. O. Nº 9239, del 3 de Enero de 1973) JOAQUIN BALAGUER Presidente de la República Dominicana NUMERO 2908 CONSIDERANDO que es necesario e imprescindible la ampliación de las atribuciones del Negociado Aduanero de la ciudad de Santiago de los Caballeros para que puedan realizarse todas las operaciones de tráfico de mercaderías en general, llegadas al país por Expreso Aéreo o por Clipper Cargo, para contribuir a su desarrollo económico y social, dando facilidades para retirar y liquidar rápidamente sus importaciones de materia prima y mercadería en general, y aliviar gastos que inciden sobre los artículos de procedencia extranjera; CONSIDERANDO que la ampliación de las atribuciones del Negociado Aduanero de la Ciudad de Santiago de los Caba- lleros descongestionaría el Expreso Aéreo del Aeropuerto Internacional de Las Américas en las operaciones aduaneras que generan las importaciones de mercaderías; CONSIDERANDO que el auge de las importaciones por vía aérea realizadas por los sectores comerciales e industriales de la ciudad de Santiago de los Caballeros ha provocado un aumento en la llegada de mercaderías procedentes del extranjero; VISTO el Párrafo I del artículo 3 de la Ley Nº 3489, para el Régimen de las Aduanas, de fecha 14 de febrero de 1953; En ejercicio de las atribuciones que me confiere el artículo 55 de la Constitución de la República, dicto el siguiente DECRETO: Art. 1.—Se amplían las facultades del Negociado Aduanero de la ciudad de Santiago de los Caballeros, para que pueda realizar todas las operaciones aduaneras y tráfico de mercaderías en general, llegadas al país por Expreso Aéreo o por Clipper Cargo. Art. 2.—La Dirección General de Aduanas queda encargada del cumplimiento del presente decreto. DADO en Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional Capital de la República Dominicana, a los trece días del mes de noviembre del año mil novecientos setenta y dos, años 129º de la Independencia y 110º de la Restauración. JOAQUIN BALAGUER Decreto Nº 2909, que integra el Comité Técnico Permanente sobre Asuntos Laborales (COPTAL). (G. O. Nº 9289, del 3 de Enero de 1973) JOAQUIN BALAGUER Presidente de la República Dominicana NUMERO 2909 VISTOS los Principios y recomendaciones de las Declara-

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Texto del corpus legal de ChatLeyes, el asistente legal con IA de República Dominicana.

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Fuente: Consultoría Jurídica del Poder Ejecutivo (decretos y resoluciones de la Gaceta Oficial y la Colección de Leyes), leídos del corpus legal de ChatLeyes. Notifacto no publica cédulas, domicilios ni datos de contacto, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona