Texto de la norma
Decreto Nº 2868, que autoriza la impresión de 500,000 tarjetas de turista.
(G. O. Nº 9289, del 3 de Enero de 1973)
JOAQUIN BALAGUER
Presidente de la República Dominicana
NUMERO 2868
VISTA la Ley Nº 199 del 9 de mayo de 1966, sobre el uso de la tarjeta de turismo;
VISTA la Ley sobre Especies Timbradas Nº 2461, del 18 de julio de 1950;
En ejercicio de las atribuciones que me confiere el artículo 55 de la Constitución de la República, dicto el siguiente
DECRETO:
ARTICULO UNICO.—Se autoriza la impresión de 500,000 (quinientas mil) tarjetas de turista, del tipo de RD$1.00 (un peso oro). Estas tarjetas estarán numeradas consecutivamente del 000001 al 500000, y tendrán el siguiente diseño: en el centro, ligeramente a la izquierda, el escudo de la República; en la parte superior, al centro, se leerá TARJETA DE TURISTA; en la parte superior izquierda la numeración correspondiente, y en la parte superior derecha la palabra VALOR RD$1.00. Estas tarjetas tendrán el tamaño, y el color, la forma y el texto que serán indicados por la Dirección General de Turismo.
DADO en Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, Capital de la República Dominicana, a los dos días del mes de noviembre del año mil novecientos setenta y dos, años 129° de la Independencia y 110° de la Restauración.
JOAQUIN BALAGUER
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