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Abriendo el decreto…

Decreto

Decreto 2805

QUE AUTORIZA LA IMPRESION DE SELLOS PARA DOCUMENTOS

Documento original (Consultoría Jurídica) →Consultar normas en ChatLeyes →
17 oct de 1972fecha
Otrostipo
G. O. 9282Gaceta Oficial del 22 nov de 1972
Poder Ejecutivoórgano

Texto

Texto de la norma
Decreto Nº 2805, que autoriza la impresión de sellos para documentos. (G. O. Nº 9282, del 22 de Noviembre de 1972) JOAQUIN BALAGUER Presidente de la República Dominicana NUMERO 2805 VISTA la Ley de Especies Timbradas Nº 2461, del 18 de julio de 1950; En ejercicio de las atribuciones que me confiere el artículo 55 de la Constitución de la República, dicto el siguiente DECRETO: Art. 1.—Se autoriza la siguiente impresión de sellos para documentos: 300,000 (Trescientos mil) sellos del tipo de RD$5.00, numerados del 001 al 300000, color verde oscuro. La impresión de estos sellos se hará en el mismo tamaño y diseño que las emisiones anteriores. Art. 2.—Para fines de control de los certificados de declaración de nacimientos, de acuerdo con las disposiciones de los artículos 103 y 111 de la Ley N° 659, del 17 de julio de 1944, se autoriza una emisión de 300000 (Trescientos mil) sellos del tipo de RD$0.06 1/4, color verde, numerados del 600001/900000, color verde. Estos sellos tendrán la forma de un rectángulo y las siguientes medidas: 40 milímetros de largo por 30 milímetros de ancho; serán color verde con el siguiente diseño: en la parte superior, al centro llevarán la inscripción República Dominicana-Rentas Internas; en el medio del sello figurará el Escudo Nacional, dentro de un círculo y en los dos ángulos superiores el valor de RD$0.06 1/4 centavo. Art. 3.—Se autoriza la siguiente emisión de sellos de inmi-gración para ser aplicados al cobro del impuesto conforme a la tarifa establecida por la Ley N° 5669, de fecha 6 de noviembre de 1953. 200,000 (Doscientos mil) sellos del tipo de RD$8.00 numerados del 500001/250000, color mamey. La impresión de estos sellos se hará en el mismo tamaño y diseño que las emisiones anteriores. DADO en Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, Capital de la República Dominicana, a los diecisiete días del mes de octubre del año mil novecientos setenta y dos, años 129° de la Independencia y 110° de la Restauración. JOAQUIN BALAGUER

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Texto del corpus legal de ChatLeyes, el asistente legal con IA de República Dominicana.

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Fuente: Consultoría Jurídica del Poder Ejecutivo (decretos y resoluciones de la Gaceta Oficial y la Colección de Leyes), leídos del corpus legal de ChatLeyes. Notifacto no publica cédulas, domicilios ni datos de contacto, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona