Decreto Nº 503, que Jubila con pensión del Estado al señor Manuel Emilio Ibert.
(G. O. Nº 8967, del 8 de Enero de 1966)
HECTOR GARCIA GODOY
Presidente Provisional de la República
NUMERO 503
VISTA la Ley Nº 5185, sobre Pensiones Civiles del Estado, de fecha 31 de julio de 1959;
En ejercicio de las atribuciones que me confiere el artículo 3 del Acto Institucional, dicto el siguiente
D E C R E T O :
Art. 1.—Concedo el beneficio de la jubilación y le asigno una pensión del Estado de doscientos cuarenta pesos oro (RD$-240.00) mensuales, al señor Manuel Emilio Ibert.
Art. 2.—Dicha pensión será pagada con cargo al Fondo de Pensiones y Jubilaciones Civiles de la Ley de Gastos Públicos.
DADO en Santo Domingo, Distrito Nacional, Capital de la República Dominicana, a los treintiún días del mes de diciembre de mil novecientos sesenta y cinco, años 122° de la Independencia y 103° de la Restauración.
HECTOR GARCIA GODOY
El suscrito Consultor Juridic0 del Poder Ejecutivo
Certifica que la presente publicaciijn ea, oficial
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Fuente: Consultoría Jurídica del Poder Ejecutivo (decretos y resoluciones de la Gaceta Oficial y la Colección de Leyes), leídos del corpus legal de ChatLeyes. Notifacto no publica cédulas, domicilios ni datos de contacto, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona