Decreto Nº 405, que concede la incorporación a la Cooperativa Agropecuaria "Valle de Constanza".
(G. O. Nº 8960, del 11 de Diciembre de 1965)
HECTOR GARCIA GODOY
Presidente Provisional de la República Dominicana
NUMERO 405
VISTA la Ley Nº 127, sobre Asociaciones Cooperativas de fecha 27 de enero de 1964; la Ley Nº 520 sobre Asociaciones que no tengan por objeto un beneficio pecuniario de fecha 26 de julio de 1920 y sus modificaciones; y la Ley Nº 31 de fecha 25 de octubre de 1963;
En ejercicio de las atribuciones que me confiere el artículo 3 del Acto Institucional, dicto el siguiente
DECRETO:
Art. 1.— Concedo el beneficio de la incorporación a la Cooperativa Agropecuaria "Valle de Constanza". con su domicilio
en el Municipio de Constanza, Provincia de La Vega. En consecuencia esta cooperativa gozará de personalidad jurídica y de los beneficios que le acuerda la ley, desde la vigencia del presente decreto.
Art. 2.— Envíese al Instituto de Desarrollo y Crédito Cooperativo para los fines correspondientes.
DADO en Santo Domingo, Distrito Nacional, Capital de la República Dominicana, a los nueve días del mes de diciembre del mil novecientos sesenta y cinco, años 122º de la Independencia y 103º de la Restauración.
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Fuente: Consultoría Jurídica del Poder Ejecutivo (decretos y resoluciones de la Gaceta Oficial y la Colección de Leyes), leídos del corpus legal de ChatLeyes. Notifacto no publica cédulas, domicilios ni datos de contacto, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona