Texto de la norma
Decreto Nº 2607, que aprueba la modificación introducida en los Estatutos de la Asociación Pro-Instituto Dominicano de Cardiología, Inc. (G. O. Nº 9279, del 21 de Octubre de 1972)
JOAQUIN BALAGUER
Presidente de la República Dominicana
NUMERO 2607
VISTA la instancia que por conducto de la Procuraduría General de la República ha elevado al Poder Ejecutivo la Asociación Pro-Instituto Dominicano de Cardiología, Inc. (APIDOCAR), en el sentido de que sean aprobadas las modificaciones introducidas en los Estatutos de dicha Asociación por la asamblea celebrada en fecha 10 de diciembre de 1971, así como el cambio de nombre de la misma por el de Fundación Dominicana de Cardiología (FDC);
VISTOS los documentos que acompañan dicha instancia;
VISTAS las disposiciones de la Ley Nº 520, del 26 de julio de 1920, sobre Asociaciones que no tengan por objeto un beneficio pecuniario;
En ejercicio de las atribuciones que me confiere el artículo 55 de la Constitución de la República, dicto el siguiente
DECRETO:
Art. 1.—Quedan aprobadas las modificaciones de los Estatutos de la Asociación Pro-Instituto Dominicano de Cardiolo-
gía, Inc. (APIDOCAR), introducidas por la Asamblea celebrada en fecha 10 de diciembre de 1971, así como el cambio de nombre de la misma por el de Fundación Dominicana de Cardiología (FDC).
Art. 2.—Dichas modificaciones serán efectivas tan pronto como la indicada Asociación realice la publicación y el depósito a que se refiere el artículo 4 de la citada Ley No 520.
Art. 3.—Envíese a la Procuraduria General de la República, para los fines correspondientes.
DADO en Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, Capital de la República Dominicana, a los once días del mes de septiembre del año mil novecientos setenta y dos, años 129º de la Independencia y 110º de la Restauración.
JOAQUIN BALAGUER
Cédulas, pasaportes, teléfonos, correos y domicilios tapados por Notifacto. Texto extraído del PDF original (en los documentos antiguos, por reconocimiento de imagen): puede tener errores de lectura.