Es el texto de la página de la Colección de Leyes donde se publicó: puede incluir el final de la norma anterior y el comienzo de la siguiente.
Texto de la norma
Decreto Nº 2565, que nombra varias personas, Miembros de la Comisión Nacional de Desarrollo.
(G. O. Nº 9278, del 18 de Octubre de 1972)
JOAQUIN BALAGUER
Presidente de la República Dominicana
NUMERO 2565
En ejercicio de las atribuciones que me confiere el artículo 55 de la Constitución de la República, dicto el siguiente
DECRETO:
ARTICULO UNICO.— Los señores Miguel Angel Michel, Felipe Parra Pagán, Demetrio Prota, Alberto M. Ellembogen Z., Tomás López Ramos, Dr. Guillermo Santana Fernández, Vilma Benzo de Ferrer y Lic. Rafael A. de León Grullón, quedan nombrado Miembros de la Comisión Nacional de Desarrollo en adición a los ya designados.
DADO en Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, Capital de la República Dominicana, a los veintitrés días del mes de agosto del año mil novecientos setentidos, años 129º de la Independencia y 110º de la Restauración.
JOAQUIN BALAGUER
Decreto Nº 2566, que concede jubilación y asigna sendas pensiones del Estado a varias personas.
(G. O. Nº 9278, del 18 de Octubre de 1972)
JOAQUIN BALAGUER
Presidente de la República Dominicana
NUMERO 2566
VISTA la Ley Nº 5185, sobre Pensiones Civiles del Estado, de fecha 31 de julio de 1959;
En ejercicio de las atribuciones que me confiere el artículo 55 de la Constitución de la República, dicto el siguiente
DECRETO:
Art. 1.—Se concede el beneficio de la jubilación y se asignan sendas pensiones del Estado a las siguientes personas:
a) Al Dr. Rafael Alba Bello, una pensión del Estado de ciento ochenta pesos oro (RD$180.00) mensuales;
b) Al señor Julio Alberto Suazo, una pensión del Estado de ciento veinte pesos oro (RD$120.00) mensuales;
c) A la señora María Vicenta Puchalt de Lockhart, una pensión de ciento cincuenta pesos oro (RD$150.00) mensuales;
d) A la señora Pura González Blanco, una pensión de ciento veinticinco pesos oro (RD$125.00) mensuales;
Art. 2.— Dichas pensiones serán pagadas con cargo al Fondo de Pensiones y Jubilaciones Civiles de la Ley de Gastos Públicos.
DADO en Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, Capital de la República Dominicana, a los veinticuatro días del del mes de agosto del año mil novecientos setentidos, años 129º de la Independencia y 110º de la Restauración.
JOAQUIN BALAGUER
Decreto Nº 2567, que designa la Delegación Dominicana a la Conferencia Especializada Interamericana sobre Educación Integral de la Mujer.
(G. O. Nº 9278, del 18 de Octubre de 1972)
JOAQUIN BALAGUER
Presidente de la República Dominicana
NUMERO 2567
En ejercicio de las atribuciones que me confiere el artículo 55 de la Constitución de la República, dicto el siguiente
Cédulas, pasaportes, teléfonos, correos y domicilios tapados por Notifacto. Texto extraído del PDF original (en los documentos antiguos, por reconocimiento de imagen): puede tener errores de lectura.