Texto de la norma
Decreto N° 2540, que concede la condecoración de la Orden del Mérito de Duarte, Sánchez y Mella, a los Sres. Julio Muñoz Z., Santiago Trinidad, Gerardo A. Rodríguez y Urbano Gómez.
(G. O. N° 9275, del 24 de Agosto de 1972)
JOAQUIN BALAGUER
Presidente de la República Dominicana
NUMERO 2540
CONSIDERANDO que el Congreso Nacional por Resolu-
ción Nº 184, de fecha 26 de mayo de 1967, consagra el día 19 de agosto de cada año como "Día de la Caña", y acuerda imponer condecoraciones a los trabajadores más distinguidos de todos los ingenios en esa fecha;
CONSIDERANDO que el Consejo Estatal del Azúcar, la Gulf & Western Americas Corporation, División Central Romana y el Grupo Azucarero Vicini, han comunicado al Poder Ejecutivo que los señores Julio Muñoz Zorrilla, Superintendente de Colonia del Ingenio Consuelo; Santiago Trinidad, Peón de Limpieza del Ingenio Boca Chica; Gerardo A. Rodríguez, empleado del Departamento de Agricultura del Central Romana y Urbano Gómez, Superintendente del Departamento de Combustión Interna del Ingenio Cristóbal Colón, han sido seleccionados en consideración a sus méritos como los candidatos más idóneos para recibir las condecoraciones que se otorgarán con motivo del "Día de la Caña";
VISTA la Ley Nº 1113, de fecha 26 de mayo de 1936;
OIDO el parecer del Consejo de la Orden del Mérito de Duarte, Sánchez y Mella;
En ejercicio de las atribuciones que me confiere el artículo 55 de la Constitución de la República, dicto el siguiente
DECRETO:
Art. 1.—Se concede a los señores Julio Muñoz Zorrilla, Santiago Trinidad, Gerardo A. Rodríguez y Urbano Gómez, la condecoración de la Orden del Mérito de Duarte, Sánchez y Mella, en el grado de Caballero.
Art. 2.—Dichas condecoraciones deberán ser impuestas el día 19 de agosto del presente año "Día de la Caña" en un acto que se celebrará en el Ingenio Monte Llano.
DADO en Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional,
Capital de la República Dominicana, a los once días del mes de agosto del año mil novecientos setenta y dos, años 129º de la Independencia y 109º de la Restauración.
JOAQUIN BALAGUER
NOTA: El presente Decreto fue publicado oficialmente en el "Listín Diario", de Santo Domingo, en su edición del 12 de agosto de 1972.
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