Texto de la norma
Decreto Nº 900, que autoriza al Sr. Arsenio Mena Aristy a hacer cambios en su nombre.
(G. O. Nº 9022, del 31 de Enero de 1967)
JOAQUIN BALAGUER
Presidente de la República Dominicana
NUMERO 900
CONSIDERANDO que el señor Arsenio Mena Aristy, dominicano, mayor de edad, casado, estudiante, portador de la cédula de identificación personal [omitida] 31, domiciliado y residente en [domicilio omitido], fue autorizado a realizar los procedimientos requeridos por la Ley Nº 659, sobre Actos del Estado Civil, de fecha 17 de julio de 1944, a cambiar su nombre por el de Manuel de Jesús Arsenio Mena Aristy;
CONSIDERANDO que en el presente caso se han cumplido todas las formalidades requeridas por la Ley;
CONSIDERANDO que en fecha 10 de enero de 1967, la Procuraduría General de la República ha comunicado al Poder Ejecutivo que no se ha producido ninguna oposición al deseo del señor Arsenio Mena Aristy;
VISTOS los artículos 31, 82 y 83 de la Ley Nº 659, sobre Actos del Estado Civil, de fecha 17 de julio de 1944;
En ejercicio de las atribuciones que me confiere el artículo 55 de la Constitución de la República, dicto el siguiente
DECRETO:
Art. 1.—Se autoriza al señor Arsenio Mena Aristy a cambiar su nombre por el de Manuel de Jesús Mena Aristy.
Art. 2.—El presente Decreto se publicará en la Gaceta Oficial para su conocimiento y cumplimiento y en un periódico de amplia circulación en el territorio nacional.
DADO en Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional,
Capital de la República Dominicana, a los diecinueve d'as del mes de enero de mil novecientos sesenta y siete, años 123º de la Independencia y 104º de la Restauración.
JOAQUIN BALAGUER
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