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Abriendo el decreto…

Decreto

Decreto 991

CAMBIO DE TUBERIAS Y CLACAS DEL ACUDUCTO POR LAS AVANIDAS "MEXICOS" Y "FRANCIA".

Documento original (Consultoría Jurídica) →Consultar normas en ChatLeyes →
1 ago de 1928fecha
Otrostipo
G. O. 4001Gaceta Oficial del 1 ene de 1928
Poder Ejecutivoórgano

Texto

Texto de la norma
HORACIO VASQUEZ Presidente de la República Dominicana. G. O. No. 4001. NUMERO 991. Vista la Ordenanza dictada en fecha 2 de Julio del año en curso por el Ayuntamiento de la Común de Santo Domingo, la cual se expresa de este modo: Considerando: que es absolutamente indispensable el pase de tuberías y cloacas del acueducto por las avenidas "México" y "Francia", y que han sido encontrados obstáculos de parte de algunos propietarios de dichas avenidas para la ejecución de las referidas obras, sin que se haya podido llegar a un arreglo amistoso, en uso de sus facultades, dicta la siguiente ORDENANZA: Art. 1.— Se dispone la prolongación de la calle "Dr. Delgado" hacia el Norte, para que cruce las Avenidas "México y "Francia". Art. 2.— Se declaran de utilidad pública todas las parcelas de terrenos que se encuentren comprendidas dentro de esa jurisdicción, en un ancho de 14 metros y en todo el rondo necesario, en la siguiente forma: a).—Para cruzar de la Avenida "México" a la Avenida "Francia" 1400 metros cuadrados; b).—Para cruzar de la Avenida "Francia" a la calle del Depósito de servicio del Acueducto de la Ciudad, y prolongación de la calle "Jaragua", 2814 metros cuadrados; c).—Para prolongar la calle "Anacaona" hasta conectarla con el camino de la "Esperilla" y prolongación de la calle "Jaragua", 1630 metros cuadrados. Art. 3.— El Síndico Municipal queda encargado de hacer cuantas gestiones fueren menester, por todas las vías de derecho, a fin de dar cabal cumplimiento a los términos de esta Ordenanza en el mas breve plazo. Dada en la Sala Consistorial de la Ciudad de Santo Domin- go, a los dos días del mes de Julio del año mil novecientos veinti-ocho. El Presidente, Dr. Ramón Báez, El Secretario, José M. Pichardo. Vistas las Ordenes Ejecutivas Nos. 480 y 675 validadas por el Congreso Nacional, he venido en dictar el siguiente DECRETO: Artículo Unico.—Queda aprobada la Ordenanza arriba trans-crita, y autorizado el Ayuntamiento de Santo Domingo a ejercer en favor de la Común del mismo nombre, el derecho de Dominio Eminente de acuerdo con las prescripciones de la ley. Dado en la Mansión Presidencial, en la Ciudad de Santo Do-mingo, Capital de la República Dominicana, el día 10. de Agosto del año mil novecientos veintiocho. HORACIO VASQUEZ, Presidente de la República. Refrendado: Luis Ginebra, Secretario de Estado de la Presidencia de la República. Refrendado: Dr. José D. Alfonseca, Secretario de Estado de lo Interior, Policía, Guerra y Marina.

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Fuente: Consultoría Jurídica del Poder Ejecutivo (decretos y resoluciones de la Gaceta Oficial y la Colección de Leyes), leídos del corpus legal de ChatLeyes. Notifacto no publica cédulas, domicilios ni datos de contacto, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona