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Abriendo el decreto…

Decreto

Decreto 272

QUE MODIFICA LOS ARTÍCULOS 18 Y 19 DEL REGLAMENTOS NO. 960, DEL 13 DE MAYO DE 1965.

Documento original (Consultoría Jurídica) →Consultar normas en ChatLeyes →
6 nov de 1965fecha
Reglamentotipo
G. O. 8954Gaceta Oficial del 1 ene de 1965
Poder Ejecutivoórgano

Texto

Texto de la norma
Decreto Nº 272, que modifica los artículos 18 y 19 del Reglamento Nº 960, del 13 de mayo de 1965. (G. O. Nº 8954, del 6 de noviembre de 1965) HECTOR GARCIA GODOY Presidente Provisional de la República Dominicana NUMERO 272 CONSIDERANDO que las tasas de inscripción o registro establecidas por el artículo 18 del Reglamento Nº 960, de fecha 18 de mayo de 1964, para los productos farmacéuticos son elevadas y gravitan sobre el costo final de las medicinas para el consumidor; En ejercicio de las atribuciones que me confiere el artículo 3 del Acto Institucional, dicto el siguiente DECRETO: ARTICULO UNICO.— Se modifican los artículos 18 y 19 del Reglamento Nº 960, del 18 de mayo de 1965, para que en lo adelante rijan del modo siguiente: "Art. 18.— La inscripción o registro de cada producto farmacéutico ocasionará derechos de RD$5.00 para los que se elaboran en el país y de RD$10.00 para los extranjeros, derechos que serán satisfechos por la persona que solicite el registro, en la Colecturía de Rentas Internas". "Art. 19.— El registro sanitario de los productos objeto del presente Reglamento, es intransferible y deberá renovarse cada cinco (5) años, mediante el pago de los mismos derechos establecidos en el artículo 18, derechos que serán pagados por los interesados en la Colecturía de Rentas Internas", DADO en Santo Domingo, Distrito Nacional, Capital de la República Dominicana, a los seis días del mes de noviembre de mil novecientos sesenta y cinco, años 122º de la Independencia y 103º de la Restauración. HECTOR GARCIA GODOY

Cédulas, pasaportes, teléfonos, correos y domicilios tapados por Notifacto. Texto extraído del PDF original (en los documentos antiguos, por reconocimiento de imagen): puede tener errores de lectura.

Texto del corpus legal de ChatLeyes, el asistente legal con IA de República Dominicana.

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Fuente: Consultoría Jurídica del Poder Ejecutivo (decretos y resoluciones de la Gaceta Oficial y la Colección de Leyes), leídos del corpus legal de ChatLeyes. Notifacto no publica cédulas, domicilios ni datos de contacto, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona