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Abriendo el decreto…

Decreto

Decreto 2210

QUE HABILITA EL PUERTO DE HAINA PARA LAS OPERACIONES ADUANERAS Y TRAFICO INTERNACIONAL EN GENERAL

Documento original (Consultoría Jurídica) →Consultar normas en ChatLeyes →
25 abr de 1972fecha
Designacióntipo
G. O. 9272Gaceta Oficial del 1 ene de 1972
Poder Ejecutivoórgano

Texto

Texto de la norma
Decreto Nº 2210, que habilita el Puerto de Haina para las operaciones aduaneras y tráfico internacional en general. (G. O. Nº 9272, del 12 de Agosto de 1972) JOAQUIN BALAGUER Presidente de la República Dominicana NUMERO 2210 CONSIDERANDO que el auge de las importaciones por el puerto de Santo Domingo, ha provocado un aumento en el manejo y almacenamiento de mercaderías procedentes del extranjero; CONSIDERANDO que es de imprescindible necesidad la habilitación del Puerto de Haina para descongestionar el puerto de Santo Domingo y alivianar las operaciones aduaneras que generan las referidas importaciones de mercaderías; CONSIDERANDO que el Puerto de Haina es el puerto natural por excelencia para el desarrollo económico de la Zona Industrial de Herrera, tanto para sus importaciones de materias primas, como para la exportación de sus productos terminados; VISTO el Párrafo I del artículo 3, de la Ley para el Régimen de las Aduanas, Nº 3489, de fecha 14 de febrero de 1953, y sus modificaciones; En ejercicio de las atribuciones que me confiere el artículo 55 de la Constitución de la República, dicto el siguiente DECRETO: Art. 1.—Queda habilitado para las operaciones aduaneras y tráfico internacional en general el Puerto de Haina, ubicado en el Distrito Municipal de los Bajos de Haina, Municipio de San Cristóbal, Provincia de San Cristóbal, cuya jurisdicción abarcará las operaciones de carga y descarga de mercaderías tanto en la margen occidental de dicho río, como la margen oriental que corresponde al Distrito Nacional. Art. 2.—La Dirección General de Aduanas queda encargada del cumplimiento de las disposiciones del presente decreto. DADO en Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, Capital de la República Dominicana, a los veinticinco días del mes de abril del año mil novecientos setenta y dos, años 129º de la Independencia y 109º de la Restauración. JOAQUIN BALAGUER

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Texto del corpus legal de ChatLeyes, el asistente legal con IA de República Dominicana.

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Fuente: Consultoría Jurídica del Poder Ejecutivo (decretos y resoluciones de la Gaceta Oficial y la Colección de Leyes), leídos del corpus legal de ChatLeyes. Notifacto no publica cédulas, domicilios ni datos de contacto, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona