Decreto No. 2297, que concede la incorporación a la Fundación Héroes de Constanza, Maimón y Estero Hondo.
(G. O. Nº 8942, del 24 de Abril de 1965)
República Dominicana
EL TRIUNVIRATO
NUMERO 2297
VISTA la Ley Nº 520 sobre Asociaciones que no tengan por objeto un beneficio pecuniario, de fecha 26 de julio de 1920;
En ejercicio de las atribuciones que le confiere el artículo 55 d ela Constitución de la República, dicta el siguiente
DECRETO:
Art. 1.—Concede el beneficio de la incorporación a la "FUNDACION HEROES DE CONSTANZA, MAIMON Y ESTERO HONDO", domiciliada en [domicilio omitido]. Dicha incorporación será efectiva tan pronto como la indicada asociación efectúe el depósito y la publicación a que se refiere el artículo 4 de la citada Ley Nº 520.
Art. 2.—Envíese a la Procuraduría General de la República para los fines correspondientes.
DADO en Santo Domingo, Distrito Nacional, Capital de
la República Dominicana, a los veinticuatro días del mes de marzo de mil novecientos sesenta y cinco, años 122º de la Independencia y 102º de la Restanración.
Donald J. Read Cabral Ramón Cáceres Troncoso
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Fuente: Consultoría Jurídica del Poder Ejecutivo (decretos y resoluciones de la Gaceta Oficial y la Colección de Leyes), leídos del corpus legal de ChatLeyes. Notifacto no publica cédulas, domicilios ni datos de contacto, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona