Se omite la copia íntegra del contrato aprobado (trae datos personales de las partes): está en el documento original.
Texto de la norma
Decreto Nº 2096, que aprueba la Resolución Nº 188-71-MC, del Directorio de Desarrollo Industrial.
(G. O. Nº 9263, del 18 de Mayo de 1972)
JOAQUIN BALAGUER
Presidente de la República Dominicana
NUMERO 2096
CONSIDERANDO que la empresa COMPAÑÍA DOMINICANA DE ALIMENTOS LACTEOS, S. A. (CODAL), fue clasificada en la Categoría "B" mediante Resolución Nº 27-68, del Directorio de Desarrollo Industrial, de fecha 8 de noviembre de 1938, aprobada por Decreto Nº 3077, del 6 de diciembre del mismo año, y modificada por Resolución Nº 135-71-MC, de dicho Directorio, del 30 de julio de 1971, aprobada a su vez por Decreto Nº 1898, del 27 de diciembre de ese año;
CONSIDERANDO que la referida empresa ha solicitado
que se incluya en la exoneración de que disfruta en virtud de su clasificación, determinada cantidad de suero de manteca, que será utilizado como materia prima para mejorar la calidad de sus productos;
CONSIDERANDO que el Directorio de Desarrollo Industrial juzgó atendible dicha petición;
VISTOS los artículos 23 y 38 de la Ley Nº 299 de Incentivo y Protección Industrial, de fecha 23 de abril de 1968;
En ejercicio de las atribuciones que me confiere el artículo 55 de la Constitución de la República, dicto el siguiente
D E C R E T O :
Art. 1.- Se aprueba la Resolución Nº 188-71-MC, dictada por el Directorio de Desarrollo Industrial en fecha 5 de noviembre de 1971, la cual copiada textualmente dice así:
Cédulas, pasaportes, teléfonos, correos y domicilios tapados por Notifacto. Texto extraído del PDF original (en los documentos antiguos, por reconocimiento de imagen): puede tener errores de lectura.