Texto de la norma
Decreto Nº 2069, que aprueba la Resolución Nº 197-71-C, del Directorio de Desarrollo Industrial.
(G. O. Nº 9263, del 18 de Mayo de 1972)
JOAQUIN BALAGUER
Presidente de la República Dominicana
NUMERO 2069
CONSIDERANDO que la empresa FIBERGLASS UNIVERSAL, C. POR A., obtuvo del Directorio de Desarrollo Industrial la clasificación en la Categoría "C", a fin de acogerse a los beneficios de la Ley Nº 299 de Incentivo y Protección Industrial, de fecha 23 de abril de 1968;
Solvencia moral y económica: Satisfactoria.
VISTOS: Los artículos 9, 11, 12, 17, 24, 25, 36, 38 y 40 de la Ley Nº 299 de fecha 23 de abril de 1968.
En ejercicio de las facultades que nos confiere dicha ley,
R E S U E L V E :
PRIMERO: Clasificar a la firma FIBERGLASS UNIVERSAL, C. POR A., en la Categoría "C".
SEGUNDO: Concederle exoneración por el término de 3 años, en proporción de un 90%, de todos los derechos e impuestos de importación y demás gravámenes conexos, incluyendo el arancel, los impuestos unificados y los de consumo interno, que incidan sobre las siguientes materias primas:
Cantidades anuales — Nombre de los artículos
200 Galones — cobalto
600 Galones — catalizador "MEK"
700 Galones — separador
3,000 Lbs. — ceras
5,000 Lbs. — polyester Film (Mylar, Hostafan Molinex)
400 Tambores — resina sintética moldeable
100 Tambores — acetona
100 Tambores — stireno
60,000 Lbs. — fibras de vidrio
1,000 Gls. — resina pigmentada
550 Tambores — resinas varias.
TERCERO: Exigir a esta empresa el cumplimiento de las siguientes condiciones y obligaciones:
a, La presente exoneración será aplicable únicamente a aquellos artículos que no estén sujetos al pago de un impuesto único del 8%.
Cédulas, pasaportes, teléfonos, correos y domicilios tapados por Notifacto. Texto extraído del PDF original (en los documentos antiguos, por reconocimiento de imagen): puede tener errores de lectura.