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Abriendo el decreto…

Decreto

Decreto 1995

QUE NOMBRA LA DELEGACION DE LA REPUBLICA DOMINICANA ANTE LA IV REUNION DE LA COMISION MIXTA DOMINICO-VENEZOLANA

Documento original (Consultoría Jurídica) →Consultar normas en ChatLeyes →
21 feb de 1972fecha
Designacióntipo
G. O. 9255Gaceta Oficial del 1 ene de 1972
Poder Ejecutivoórgano
1persona nombrada

Personas que nombra En verificación

PersonaQué dice el decretoCargo e institución
Bellas Artes y CultosMiembro de un órganode la Secretaría de Estado de Obras Públicas y Comuniraciones

Leídas del texto del decreto: puede haber errores de lectura. El enlace con otras fuentes es por nombre y puede tratarse de otra persona con el mismo nombre.

Texto

Texto de la norma
Decreto Nº 1995, que nombra la Delegación de la República Dominicana ante la IV reunión de la Comisión Mixta Dominico-Venezolana. (G. O. Nº 9255, del 8 de Marzo de 1972) JOAQUIN BALAGUER Presidente de la República Dominicana NUMERO 1995 En virtud de las atribuciones que me confiere el artículo 55 de la Constitución de la República, dicto el siguiente DECRETO: Art. 1.—La delegación de la República Dominicana ante la IV reunión de la Comisión Mixta-Dominico Venezolana, que se efectuará en esta capital entre los días 29 de febrero en curso y 3 de marzo próximo, estará integrada por los titulares, o sus respectivos representantes, de la Secretaría de Estado de Relaciones Exteriores, del Secretariado Técnico de la Presidencia y de la Corporación de Fomento Industrial, en calidad de delegados permanentes, y los titulares, o sus respectivos representantes, de la Secretaría de Estado de Industria y Comercio, de la Secretaria de Estado de Agricultura, de la Secretaría de Estado de Educación, Bellas Artes y Cultos, de la Secretaría de Estado de Obras Públicas y Comuniraciones, de la Corporación Dominicana de Empresas Estatales, del Banco Central de la República Dominicana, de la Dirección General de Turismo, del Instituto Agrario Dominicano, del Instituto Dominicano de Crédito Cooperativo, de la Dirección General de Aduanas y Puertos, de la Dirección General de Aeronáutica Civil, de la Oficina de Desarrollo de la Comunidad, de la Oficina Nacional de Planificación, del Centro Dominicano de Promoción de Exportaciones, de la Comisión de Comercio Exterior de la Secretaría de Estado de Relaciones Exteriores, de la Cámara Oficial de Comercio, Agricultura e Industria de Santo Domingo; de la Asociación de Industrias de la República Dominicana, de la Cámara Oficial de Comercio, Agricultura e Industria de Santiago, y de la Asociación de Industrias de Santiago. Art. 2.—Los delegados mencionados podrán asistir con los asesores que consideren necesarios. DADO en Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, Capital de la República Dominicana, a los veintiún días del mes de febrero del año mil novecientos setenta y dos, años 128 de la Independencia y 109º de la Restauración. JOAQUIN BALAGUER

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Texto del corpus legal de ChatLeyes, el asistente legal con IA de República Dominicana.

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Fuente: Consultoría Jurídica del Poder Ejecutivo (decretos y resoluciones de la Gaceta Oficial y la Colección de Leyes), leídos del corpus legal de ChatLeyes. Notifacto no publica cédulas, domicilios ni datos de contacto, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona