Texto de la norma
Decreto Nº 3015, que declara el 1973, como "Año del Trabajo y del Desarrollo Minero".
(G. O. Nº 9292, del 17 de Febrero de 1973)
JOAQUIN BALAGUER
Presidente de la República Dominicana
NUMERO 3015
CONSIDERANDO la importancia que reviste para el Estado Dominicano el desarrollo de sus recursos naturales;
CONSIDERANDO el incremento que ha tenido últimamente la producción en el sector minero, su auge futuro y la incidencia de la misma en la economía del país;
CONSIDERANDO los resultados favorables obtenidos con la aplicación de la Ley Minera Nº 146, del 4 de junio de 1971, y el porvenir promisorio que augura la actividad minera en el territorio nacional;
CONSIDERANDO, asimismo, que debe estimularse la consagración al trabajo en general como medio de coadyuvar al desarrollo económico del país, meta en la que está especialmente empeñado el Gobierno Nacional;
En ejercicio de las atribuciones que me confiere el artículo 55 de la Constitución de la República, dicto el siguiente
DECRETO:
ARTICULO UNICO.—Se declara el 1973 como "AÑO DEL TRABAJO Y DEL DESARROLLO MINERO".
DADO en Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, Capital de la República Dominicana, a los veintiocho días del mes de diciembre del año mil novecientos setenta y dos, años 129º de la Independencia y 110º de la Restauración.
JOAQUIN BALAGUER
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