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Texto
Texto de la norma
Decreto Nº 1963, que concede jubilaciones con pensión del Estado. (G. O. No. 8918, del 16 de Enero de 1965)
República Dominicana
EL TRIUNVIRATO
NUMERO 1963
VISTA la Ley Nº 5185, sobre Pensiones Civiles del Estado, de fecha 31 de Julio de 1959;
En ejercicio de las atribuciones que le confiere el artículo 55 de la Constitución de la República, dicta el siguiente
DECRETO:
Art. 1.—Concede el beneficio de la jubilación y le asigna sendas pensiones del Estado a las siguientes personas:
a) A la señora Angélica Marte Vda. Hedemán, una pensión del Estado de cincuenta pesos oro (RD$50.00) mensuales;
b) Al señor Terenzio Seravalle, una pensión del Estado de doscientos cincuenta pesos oro (RD$250.00) mensuales
c) A la señora Mercedes M. Puello Seijas, una pensión del Estado de sesenta pesos oro (RD$60.00) mensuales; y
d) A la señora Elisa Valdés, una pensión del Estado de cincuenta pesos oro (RD$50.00) mensuales;
Art. 2.— Dichas pensiones serán pagadas con cargo al Fondo de Pensiones y Jubilaciones Civiles de la Ley de Gastos Públicos.
DADO en Santo Domingo, Distrito Nacional, Capital de la República Dominicana, a los cuatro días del mes de enero del mil novecientos sesenta y cinco, años 121º de la Independencia y 102º de la Restauración.
Donald J. Reid Cabral Ramón Cáceres Troncoso
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Texto del corpus legal de ChatLeyes, el asistente legal con IA de República Dominicana.
Fuente: Consultoría Jurídica del Poder Ejecutivo (decretos y resoluciones de la Gaceta Oficial y la Colección de Leyes), leídos del corpus legal de ChatLeyes. Notifacto no publica cédulas, domicilios ni datos de contacto, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona