Texto de la norma
Dec. No. 513-97 que aprueba la Vigesimosexta Resolución de la Junta Monetaria de fecha 20 de noviembre de 1997, sobre incineración de billetes del Banco Central deteriorados y retirados de circulación.
(G. O. No. 9969, del 15 de diciembre de 1997).
LEONEL FERNANDEZ
Presidente de la República Dominicana
NUMERO: 513-97
VISTOS los Artículos 1, 2 y 3 de la Ley No.2927, de fecha 18 de junio de 1951 y sus modificaciones, sobre Incineración de Billetes del Banco Central de la República Dominicana;
VISTA la Vigesimosexta Resolución dictada por la Junta Monetaria en fecha 20 de noviembre de 1997;
En ejercicio de las atribuciones que me confiere el Artículo 55 de la Constitución de la República, dicto el siguiente
DECRETO:
Artículo 1.- Queda aprobada la Vigesimosexta Resolución dictada por la Junta Monetaria en fecha 20 de noviembre de 1997, mediante la cual se autoriza la incineración y/o trituración de 25,529,001 unidades de billetes del Banco Central de la República Dominicana deteriorados y retirados de circulación, según se detalla a continuación: 1,520,000 unidades de la denominación de RD$50.00; 13,480,000 unidades de la denominación de RD$20.00; 5,080,000 unidades de la denominación de RD$10.00; 5,440,000 unidades de la denominación de RD$5.00 y 9,001 unidades de la denominación de RD$1.00.
Artículo 2.- Comuníquese a los funcionarios indicados en el Artículo 3 de la Ley No.2927 de fecha 18 de junio de 1951, modificada por la Ley No.159 del 18 de marzo de 1966, para los fines correspondientes.
Dado en Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, Capital de la República Dominicana, a los diez (10) días del mes de diciembre del año mil novecientos noventa y siete, año 154 de la Independencia y 135 de la Restauración.
Leonel Fernández
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