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Abriendo el decreto…

Decreto

Decreto 479-97

QUE AUTORIZA UNA EMISION DE SELLOS POSTALES PARA EL FRANQUEO DE LAS CORRESPONDENCIAS, CON LA DENOMINACION "FARO A COLON" (EMISION DEFINITIVA).

Documento original (Consultoría Jurídica) →Consultar normas en ChatLeyes →
14 nov de 1997fecha
Otrostipo
G. O. 9967Gaceta Oficial del 1 ene de 1997
Poder Ejecutivoórgano

Texto

Texto de la norma
Dec. No. 479-97 que autoriza una emisidn de sellos postales para el franqueo de las correspondencias, con la denominacidn “Faro a Colon” (emisidn definitiva). (G. 0. No. 9967, del 15 de noviembre de 1997). LEONEL FERNANDEZ Presidente de la RepGblica Dominicana NUMERO: 479-97 VISTA la Ley sobre Especies Timbradas No. 2461, del 18 de julio de 1950. En ejercicio de las atribuciones que me confiere el Articulo 55 de la Constitucidn de la Repdblica, dicto del siguiente D E C R E T 0: Articulo 1.- Se autoriza la siguiente emisidn de sellos postales para el franqueo de las correspoidencias, de acuerdo con las disposiciones tCcnicas siguientes: A) DENOMINACION FARO A COLON. (EMISION DEFINITIVA) DISERO FARO A COLON. ESPECIFICACIONES Llevarh la leyenda Republica Dominicana, Correos, su valor facial expresado y 10s textos que identifiquen el tema de su diseiio. CANTIDAD 1,000,000 (UN MILLON) DE HEMPLARES . VALOR DIEZ PESOS (RD$lO.OO). Articulo 2.- Los sellos postales referidos en el articulo precedente, serh de forma rectangular en hojas de cincuenta ejemplares bajo el procedimiento Off-Set multicolor. Articulo 3.- Para las indicadas emisiones se utilizara papel tropicalizado engomado de 56 grmos, sustancia 103 M . Articulo 4.- El tamaiio de cada uno de 10s sellos postales a que se refiere el presente Decreto, serP determinado por la Comisi6n Oficial Filatdica, para 10s fines correspondientes. Articulo 5.- Enviese a la Secretaria de Estado de Finanzas, a1 Tesorero Nacional, a1 Instituto Postal Dominican0 y a la Comisi6n Oficial Filatdlica, para 10s fines correspondientes. Dado en Santo Doming0 de Guzmin, Distrito Nacional, Capital de la Repfiblica Dominicana, a 10s catorce (14) dias del mes de noviembre del aiio mil novecientos noventa y siete, aiio 154 de la Independencia y 135 de la Restauracih. Leone1 Fernhdez

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Texto del corpus legal de ChatLeyes, el asistente legal con IA de República Dominicana.

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Fuente: Consultoría Jurídica del Poder Ejecutivo (decretos y resoluciones de la Gaceta Oficial y la Colección de Leyes), leídos del corpus legal de ChatLeyes. Notifacto no publica cédulas, domicilios ni datos de contacto, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona