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Abriendo el decreto…

Decreto

Decreto 448-97

QUE CREA LA OFICINA METROPOLITANA DE SERVICIOS DE AUTOBUSES (OMSA), COMO UNA DEPENDENCIA DE LA PRESIDENCIA DE LA REPUBLICA

Documento original (Consultoría Jurídica) →Consultar normas en ChatLeyes →
21 oct de 1997fecha
Comisión u organismotipo
G. O. 9966Gaceta Oficial del 1 ene de 1997
Poder Ejecutivoórgano

Texto

Texto de la norma
Dec. No. 448-97 que crea la Oficina Metropolitana de Servicios de Autobuses (OMSA), como una dependencia de la Presidencia de la República. (G. O. No. 9966, del 31 de octubre de 1997). LEONEL FERNANDEZ Presidente de la República Dominicana NUMERO: 448-97 CONSIDERANDO: Que la renovación de la flota de autobuses para el transporte público en Santo Domingo es parte integral de la mejora del servicio al público; CONSIDERANDO: Que la modernización del sistema de transporte en Santo Domingo requiere el establecimiento de una organización que garantice el nivel de servicio, seguridad, limpieza y comodidad de los autobuses; CONSIDERANDO: Que el Estado, preocupado por la necesidad de renovación de la flota de autobuses, ha dado un respaldo bancario para viabilizar los préstamos otorgados por la banca local a los operadores privados; CONSIDERANDO: Que es necesario asegurar la prolongación de la vida útil de los autobuses adquiridos a través de la facilidad concedida por el Estado, mediante el establecimiento de mecanismos para que la flota tenga un mantenimiento adecuado, y sea operada de acuerdo a normas que garanticen su durabilidad; CONSIDERANDO: Que no existen las facilidades para dar servicio y mantenimiento a una flota tan grande tal como se pretende introducir al sistema de transporte público; VISTO el Decreto No. 1260 que crea la Oficina Nacional de Transporte Terrestre de fecha 17 de octubre de 1979; VISTO el Decreto No. 393-97 que crea la Autoridad Metropolitana de Transporte como una dependencia del Poder Ejecutivo, del 10 de septiembre de 1997. En ejercicio de las atribuciones que me confiere el Artículo 55 de la Constitución de la República, dicto el siguiente DECRETO: Artículo 1.- Se crea la Oficina Metropolitana de Servicios de Autobuses (OMSA), como una dependencia de la Presidencia de la República, la cual tendrá como propósito dar servicios de preparación, mantenimiento, reparación y despacho a la flota de autobuses de transporte público de la ciudad de Santo Domingo. Artículo 2.- La Oficina Metropolitana de Servicios de Autobuses estará a cargo de un Director General que será designado por el Poder Ejecutivo. Artículo 3.- La Oficina Metropolitana de Servicios de Autobuses reglamentará lo relativo al cobro de los servicios que preste. Artículo 4.- El Poder Ejecutivo dispondrá las partidas presupuestarias necesarias dentro del Presupuesto General de la Nación con cargo a la Presidencia de la República para cubrir la diferencia entre los ingresos y gastos de la Oficina Metropolitana de Servicios de Autobuses. Artículo 5.- Tanto el patrimonio actual como el personal de la Oficina Nacional de Transporte Terrestre pasarán a la Oficina Metropolitana de Servicios de Autobuses. Artículo 6.- El presente Decreto deroga en su totalidad el Decreto No. 1260, del 17 de octubre de 1979 y cualquiera otra disposición relativa a la Oficina Nacional de Transporte Terrestre. Dado en Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, Capital de la República Dominicana, a los veintiún (21) días del mes de octubre del año mil novecientos noventa y siete, año 154 de la Independencia y 135 de la Restauración. Leonel Fernández

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Texto del corpus legal de ChatLeyes, el asistente legal con IA de República Dominicana.

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Fuente: Consultoría Jurídica del Poder Ejecutivo (decretos y resoluciones de la Gaceta Oficial y la Colección de Leyes), leídos del corpus legal de ChatLeyes. Notifacto no publica cédulas, domicilios ni datos de contacto, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona