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Abriendo el decreto…

Decreto

Decreto 410-97

QUE AUTORIZA AL AYUNTAMIENTO DEL DISTRITO NACIONAL A VENDER UNA PORCION DE TERRENO DE SU PROPIEDAD AL CONSORCIO MOYA-JORGE, S.A.

Documento original (Consultoría Jurídica) →Consultar normas en ChatLeyes →
23 sept de 1997fecha
Asunto municipaltipo
G. O. 9964Gaceta Oficial del 1 ene de 1997
Poder Ejecutivoórgano

Texto

Texto de la norma
Dec. No. 410-97 que autoriza al Ayuntamiento del Distrito Nacional a vender una porción de terreno de su propiedad al Consorcio Moya-Jorge, S. A. (G. O. No. 9964, del 30 de septiembre de 1997). LEONEL FERNANDEZ Presidente de la República Dominicana NUMERO: 410-97 VISTA la solicitud del Síndico del Distrito Nacional. VISTA la Resolución 69-97, del 20 de mayo de 1997. En ejercicio de las atribuciones que me confiere el Artículo 55 de la Constitución de la República, dicto el siguiente DECRETO: ARTICULO UNICO .- Se autoriza al Ayuntamiento del Distrito Nacional a vender al Consorcio Moya - Jorge, S. A., debidamente representado por los ingenieros Diego A. de Moya Canaán y Marcos Jorge Elías, una porción de terreno con una extensión superficial de 2,700,000.00 Mts², ubicado dentro del ámbito de la Parcela No. 9, del Distrito Catastral No. 19, del Distrito Nacional, por un valor de RD$283,500,000.00 (DOSCIENTOS OCHENTA Y TRES MILLONES QUINIENTOS MIL PESOS CON 00/100), suma que será pagada por la compañía Moya - Jorge, S. A., en la forma que se detalla a continuación: 1.- Un primer pago de RD$60,000,000.00 (SESENTA MILLONES DE PESOS CON 00/100), que será desembolsado de la siguiente manera: a) La suma de RD$15,000,000.00 (QUINCE MILLONES DE PESOS CON 00/100), a la firma del contrato; b) La suma de RD$20,000,000.00 (VEINTE MILLONES DE PESOS CON 00/100), a más tardar el día 20 de febrero de 1998, y c) La suma de RD$25,000,000.00 (VEINTICINCO MILLONES DE PESOS CON 00/100), a más tardar el día 20 de julio de 1998. 2.- Un segundo pago de RD$81,750,000.00 (OCHENTIUN MILLONES SETECIENTOS CINCUENTA MIL PESOS CON 00/100), que será desembolsado mediante pagarés notariales por los valores y en las fechas de vencimiento que se indican en cada caso: a) Un pagaré por valor de RD$10,000,000.00 (DIEZ MILLONES DE PESOS CON 00/100), con fecha de vencimiento al 20 de agosto de 1998; b) Un pagaré por valor de RD$20,000,000.00 (VEINTE MILLONES DE PESOS CON 00/100), con fecha de vencimiento al 20 de noviembre de 1998; c) Un pagaré por valor de RD$15,000,000.00 (QUINCE MILLONES DE PESOS CON 00/100), con fecha de vencimiento al 20 de febrero de 1999; d) Un pagaré por valor de RD$25,000,000.00 (VEINTICINCO MILLONES DE PESOS CON 00/100), con fecha de vencimiento al 20 de mayo de 1999, y e) Un pagaré por valor de RD$11,750,000.00 (ONCE MILLONES SETECIENTOS CINCUENTA MIL PESOS CON 00/100), con fecha de vencimiento al 20 de julio de 1999. Todos los pagareses antes señalados generarán un interés de un doce por ciento (12%) anual. 3.- Un tercer pago ascendente a la suma de RD$141,750,000.00 (CIENTO CUARENTA Y UN MILLONES SETECIENTOS CINCUENTA MIL PESOS CON 00/100), mediante la realización de obras de reconstrucción y pavimentación de calles, aceras y cualquier otra obra de ingeniería dentro del Distrito Nacional que realizará el Consorcio Moya - Jorge, S. A., previa presentación de presupuestos y aprobación de los mismos por el Ayuntamiento del Distrito Nacional. Las obras antes mencionadas deben presentarse con un presupuesto mensual de RD$11,812,500.00 (ONCE MILLONES OCHOCIENTOS DOCE MIL QUINIENTOS PESOS CON 00/100), por un período de doce (12) meses. Dado en Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, Capital de la República Dominicana, a los veintitrés (23) días del mes de septiembre del año mil novecientos noventa y siete, año 154 de la Independencia y 135 de la Restauración. Leonel Fernández

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Texto del corpus legal de ChatLeyes, el asistente legal con IA de República Dominicana.

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Fuente: Consultoría Jurídica del Poder Ejecutivo (decretos y resoluciones de la Gaceta Oficial y la Colección de Leyes), leídos del corpus legal de ChatLeyes. Notifacto no publica cédulas, domicilios ni datos de contacto, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona