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Abriendo el decreto…

Decreto

Decreto 350-97

QUE CREA E INTEGRA EL PATRONATO ENCARGADO DE LA PRESERVACION Y MANTENIMIENTO DEL MONUMENTO A LA RESTAURACION DE LA REPUBLICA, UBICADO EN LA PROVINCIA DE DAJABON.

Documento original (Consultoría Jurídica) →Consultar normas en ChatLeyes →
14 ago de 1997fecha
Designacióntipo
G. O. 9961Gaceta Oficial del 1 ene de 1997
Poder Ejecutivoórgano

Texto

Texto de la norma
Dec. No. 350-97 que crea e integra el Patronato Encargado de la Preservación y Mantenimiento del Monumento a la Restauración de la República, ubicado en la Provincia de Dajabón. (G. O. No. 9961, del 15 de agosto de 1997). LEONEL FERNANDEZ Presidente de la República Dominicana NUMERO: 350-97 CONSIDERANDO: Que con motivo del 134 Aniversario de la Restauración de la República, el Gobierno Dominicano ha dispuesto el rescate y puesta en valor del Monumento a la Restauración de la República, ubicado en Capotillo, Provincia de Dajabón. CONSIDERANDO: Que para mantener viva la llama del patriotismo que encierra la Batalla de Capotillo, el Monumento a la Restauración debe ser objeto de preservación y mantenimiento permanente. CONSIDERANDO: Que el Monumento a la Restauración debe servir de punto de encuentro para juventudes y estudiantes, convirtiendo el lugar en un campamento patriótico. En ejercicio de las atribuciones que me confiere el Artículo 55 de la Constitución de la República, dicto el siguiente DECRETO: Artículo 1.- Se crea el Patronato Encargado de la Preservación y Mantenimiento del Monumento a la Restauración de la República, ubicado en la Provincia de Dajabón. Dicho Patronato estará integrado por: El Gobernador Provincial de Dajabón, quién lo presidirá; el representante regional de la Secretaría de Estado de Educación y Cultura; El Comandante de la dotación militar de la Provincia de Dajabón; un destacado miembro de la comunidad religiosa local; los señores Lic. Ramón Socias y Angela Carrasco, destacados munícipes de Dajabón; Arq. Rafael Calventi, Ing. José A. Santana, Escultor Antonio Prats Ventós y Mayor General (r) Ramiro Matos González, diseñadores y constructores del Monumento; el Director de la Oficina de Patrimonio Cultural; un representante de la Asociación de Scouts Dominicanos, Inc; el Síndico Municipal de Loma de Cabrera; el Director de la Fundación de Desarrollo de la Comunidad (FUDECO) y un representante de los grupos juveniles organizados de la Provincia de Dajabón. Artículo 2.- El Patronato, tendrá a su cargo las siguientes atribuciones: a) Instalar de manera permanente un Campamento de Juventudes y Estudiantes, con la finalidad de elevar el valor patrio y espiritual de las futuras generaciones, inspirados en la obra restauradora de los Héroes de Capotillo. b) Facilitar la realización de actividades culturales, científicas y recreativas. c) Desarrollar labores de preservación y mantenimiento para el buen cuidado y resguardo de las instalaciones del Monumento a la Restauración de la República. Artículo 3.- Los miembros integrantes del patronato realizarán sus funciones con carácter honorífico. Artículo 4.- El Patronato Encargado de la Preservación y Mantenimiento del Monumento a la Restauración de la República, gozará de franquicia postal y telegráfica. Dado en Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, Capital de la República Dominicana, a los catorce (14) días del mes de agosto del año mil novecientos noventa y siete, año 154 de la Independencia y 134 de la Restauración. Leonel Fernández

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Texto del corpus legal de ChatLeyes, el asistente legal con IA de República Dominicana.

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Fuente: Consultoría Jurídica del Poder Ejecutivo (decretos y resoluciones de la Gaceta Oficial y la Colección de Leyes), leídos del corpus legal de ChatLeyes. Notifacto no publica cédulas, domicilios ni datos de contacto, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona