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Texto
Texto de la norma
Dec. No. 313-97 que crea e integra la Comisión Presidencial de Apoyo al Desarrollo Provincial.
(G. O. No. 9960, del 31 de julio de 1997).
LEONEL FERNANDEZ
Presidente de la República Dominicana
NUMERO: 313-97
CONSIDERANDO: Que el Gobierno Dominicano está interesado en aplicar medidas que implican el desarrollo permanente de mecanismos participativos que garanticen a todos los dominicanos el pleno ejercicio de sus condiciones de ciudadanía y la justa distribución de la riqueza nacional.
CONSIDERANDO: Que es necesario fomentar el desarrollo provincial mediante la promoción y el apoyo a la planificación participativa y a las acciones de concertación destinadas a priorizar el gasto público a nivel provincial.
CONSIDERANDO: Que se hace necesario propiciar el consenso y la participación social en los procesos de planificación del desarrollo y de formulación de los presupuestos nacionales que periódicamente lo sustentan.
CONSIDERANDO: Que los Consejos Provinciales de Desarrollo son los puntos focales más relevantes de que dispone el Estado para su vinculación con los pobladores de cada provincia.
VISTO el Decreto No. 613 del 3 de diciembre de 1996 que crea los Consejos de Desarrollo Provinciales.
En ejercicio de las atribuciones que me confiere el Artículo 55 de la Constitución de la República, dicto el siguiente
DECRETO:
Artículo 1.- Se crea la Comisión Presidencial de Apoyo al Desarrollo Provincial.
Artículo 2.- Las competencias de la Comisión Presidencial de Apoyo al Desarrollo Provincial están circunscritas al fortalecimiento de la gestión de los Consejos de Desarrollo Provinciales, a través de :
a) Diseñar y contribuir a la aplicación de un procedimiento participativo de evaluación rápida de necesidades sociales, a nivel provincial y municipal que contribuyan a agilizar la formulación e implementación de soluciones a esas necesidades por parte del Gobierno Central.
b) Promover por medio de la sistematización de las experiencias participativas de evaluación de necesidades, que los Consejos de Desarrollo Provinciales se constituyan en las instituciones por excelencia para la expresión y canalización de las aspiraciones de las comunidades.
Artículo 3.- La Comisión Presidencial de Apoyo al Desarrollo Provincial estará integrada por, el Dr. Daniel Beltré, quien la presidirá; y los señores Dr. Alberto Fiallo, Lic. Rafael Camilo, Lic. Rodolfo Minaya Rancier, Lic. Santiago Estefan e Ing. Fernando Fernández.
Artículo 4.- La Comisión Presidencial de Apoyo al Desarrollo Provincial dispondrá de sus propios recursos para el desarrollo de sus actividades.
Dado en Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, Capital de la República Dominicana, a los dieciséis (16) días del mes de julio del año mil novecientos noventa y siete, año 154 de la Independencia y 134 de la Restauración.
Leonel Fernández
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Texto del corpus legal de ChatLeyes, el asistente legal con IA de República Dominicana.
Fuente: Consultoría Jurídica del Poder Ejecutivo (decretos y resoluciones de la Gaceta Oficial y la Colección de Leyes), leídos del corpus legal de ChatLeyes. Notifacto no publica cédulas, domicilios ni datos de contacto, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona