Texto de la norma
Dec. No. 304-97 que autoriza a varias personas a realizar cambios en sus nombres.
(G. O. No. 9959, del 15 de julio de 1997).
LEONEL FERNANDEZ
Presidente de la República Dominicana
NUMERO: 304-97
CONSIDERANDO: Que las personas que figuran en la parte dispositiva del presente Decreto, habían sido autorizadas por el Poder Ejecutivo a realizar los procedimientos que para cambios de nombres establece la Ley No. 659 sobre Actos del Estado Civil, del 17 de julio de 1944, y sus modificaciones.
CONSIDERANDO: Que la Junta Central Electoral ha informado no haber recibido dentro del plazo legal, ningún acto de oposición a las solicitudes formuladas en tal sentido por los interesados.
CONSIDERANDO: Que han sido cumplidas todas las formalidades requeridas por la Ley.
VISTOS los Artículos 80, 81, 82 y 83 de la Ley No. 659 sobre Actos del Estado Civil, del 17 de julio de 1944.
En ejercicio de las atribuciones que me confiere el Artículo 55 de la Constitución de la República, dicto el siguiente
DECRETO:
Artículo 1.- El señor José Dolores Valdez, queda autorizado a cambiar su nombre por el de José Valdez.
Artículo 2.- La señora Rosa Vargas, queda autorizada a cambiar su nombre por el de Ana Rosa Vargas.
Artículo 3.- La señora Vicenta Díaz Corporán, queda autorizada a cambiar su nombre por el de Onelbia Díaz Corporán.
Artículo 4.- La señora Candelaria Rosario, queda autorizada a cambiar su nombre por el de Cándida Rosario.
Artículo 5.- La señora Anastasia Jiménez Torres, queda autorizada a cambiar su nombre por el de Miriam Luz Jiménez Torres.
Artículo 6.- Los señores Federico Augusto Antún Batlle y Marina Aurelia Helena Peguero, quedan autorizados a cambiar el nombre de su hijo menor Federico Antonio Antún Helena, por el de Antonio Federico Antún Helena.
Artículo 7.- El señor Eladio Rodríguez, queda autorizado a cambiar su nombre por el de Cristian Rodríguez.
Artículo 8.- El señor Rosario Polanco Tavarez, queda autorizado a cambiar su nombre por el de Luis Rosario Polanco Tavarez.
Dado en Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, Capital de la República Dominicana, a los ocho (8) días del mes de julio del año mil novecientos noventa y siete, año 154 de la Independencia y 134 de la Restauración.
Leonel Fernández
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