Texto de la norma
Dec. No. 303-97 que autoriza a los ayuntamientos del Distrito Nacional y de Santiago a vender terrenos.
(G. O. No. 9959, del 15 de julio de 1997).
LEONEL FERNANDEZ
Presidente de la República Dominicana
NUMERO: 303-97
VISTA la Ley No. 4381 del 10 de febrero de 1956 y la Ley No. 5577 del 12 de julio de 1961.
En ejercicio de las atribuciones que me confiere el Artículo 55 de la Constitución de la República, dicto el siguiente
DECRETO:
Artículo 1.- Se autoriza al Ayuntamiento del Distrito Nacional a vender al señor Héctor Andrés Féliz González, una porción de terreno, con un área de 8,452.50 metros cuadrados, ubicada dentro del ámbito de la Parcela Catastral No. 6-B-1-D-15-B-1 del Distrito Catastral No. 3, del Distrito Nacional, por un valor de RD$20,750,250.00 (VEINTE MILLONES SETECIENTOS CINCUENTA MIL DOSCIENTOS CINCUENTA PESOS CON 00/100).
Artículo 2.- Se autoriza al Ayuntamiento del Municipio de Santiago a vender al señor Felix Calderón y Familia, un solar con la designación municipal No.2 de la manzana municipal No.88-A-1 (parte), ubicado dentro de la Parcela Catastral No.213-B-2, del Distrito Catastral No.6, del Municipio de Santiago, con un área de 526.66 metros cuadrados, por un valor total de RD$119,815.15 (CIENTO DIECINUEVE MIL OCHOCIENTOS QUINCE PESOS CON 15/100), con los siguientes linderos: Al Norte, solar municipal No. 1; al Este, parcela No. 90-B-7-B; al Sur, resto de la manzana; y al Oeste, calle proyecto.
Artículo 3.- Envíese a la Secretaría de Estado de Interior y Policía, para los fines correspondientes.
Dado en Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, Capital de la República Dominicana, a los ocho (8) días del mes de julio del año mil novecientos noventa y siete, año 154 de la Independencia y 134 de la Restauración.
Leonel Fernández
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