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Abriendo el decreto…

Decreto

Decreto 293-97

QUE AUTORIZA A VARIAS COMPAÑIAS EXTRANJERAS A FIJAR SU DOMICILIO EN LA REPUBLICA DOMINICANA

Documento original (Consultoría Jurídica) →Consultar normas en ChatLeyes →
25 jun de 1997fecha
Otrostipo
G. O. 9958Gaceta Oficial del 1 ene de 1997
Poder Ejecutivoórgano

Texto

Texto de la norma
Dec. No. 293-97 que autoriza a varias compañías extranjeras a fijar su domicilio en la República Dominicana. (G. O. No. 9958, del 30 de junio de 1997). LEONEL FERNANDEZ Presidente de la República Dominicana NUMERO: 293-97 VISTAS las instancias que por vía de la Secretaría de Estado de Interior y Policía han elevado al Poder Ejecutivo las sociedades comerciales que aparecen en la parte dispositiva del presente decreto. VISTO el Artículo 13 del Código Civil de la República Dominicana. En ejercicio de las atribuciones que me confiere el Artículo 55 de la Constitución de la República, dicto el siguiente DECRETO: Artículo 1.- Se autoriza a la compañía HARLAND INTERNATIONAL COMPANY, representada por su Gerente General, señor Rolando Polanco, con su domicilio principal en 2939 Miller Road, Decatur Georgia 30035 Estados Unidos de América, a fijar domicilio en el país, de conformidad con el Artículo 13 del Código Civil. Artículo 2.- Se autoriza a la sociedad comercial SUN LAND WORLD TRADE CO., representada por su Presidente, el señor José Daniel Mejía Espinal, con su domicilio principal en 10250 N W 80TH, CT, Suite 706, Hialeah Gardens Fl. 33016, Estado de la Florida, a fijar domicilio en el país, de conformidad con el Artículo 13 del Código Civil. Artículo 3.- Se autoriza a la sociedad comercial BROWNSVILLE BUSINESS CORPORATION, representada por su Presidente, señor Rodrigo Montealegre, con su domicilio principal en 48TH, Street Bella Vista, Sucre Building, Panamá, República de Panamá, a fijar domicilio en el país, de conformidad con el Artículo 13 del Código Civil. Artículo 4.- Envíese a la Secretaría de Estado de Interior y Policía, para los fines correspondientes. Dado en Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, Capital de la República Dominicana, a los veinticinco (25) días del mes de junio del año mil novecientos noventa y siete, año 154 de la Independencia y 134 de la Restauración. Leonel Fernández

Cédulas, pasaportes, teléfonos, correos y domicilios tapados por Notifacto. Texto extraído del PDF original (en los documentos antiguos, por reconocimiento de imagen): puede tener errores de lectura.

Texto del corpus legal de ChatLeyes, el asistente legal con IA de República Dominicana.

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Fuente: Consultoría Jurídica del Poder Ejecutivo (decretos y resoluciones de la Gaceta Oficial y la Colección de Leyes), leídos del corpus legal de ChatLeyes. Notifacto no publica cédulas, domicilios ni datos de contacto, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona