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Abriendo el decreto…

Decreto

Decreto 273-97

QUE RATIFICA AL BANCO DE RESERVAS DE LA REPUBLICA DOMINICANA COMO UNICO DEPOSITARIO DE LOS FONDOS DEL ESTADO DOMINICANO

Documento original (Consultoría Jurídica) →Consultar normas en ChatLeyes →
10 jun de 1997fecha
Otrostipo
G. O. 9956Gaceta Oficial del 1 ene de 1997
Poder Ejecutivoórgano

Texto

Texto de la norma
Dec. No. 273-97 que ratifica al Banco de Reservas de la República Dominicana como único depositario de los fondos del Estado Dominicano. (G. O. No. 9956, del 15 de junio de 1997). LEONEL FERNANDEZ Presidente de la República Dominicana NUMERO: 273-97 VISTA la Ley Orgánica del Banco Central de la República Dominicana No. 6142 de fecha 29 de diciembre de 1962, y sus modificaciones; VISTA la Ley Orgánica del Banco de Reservas de la República Dominicana No.6133 de fecha 17 de diciembre de 1962, y sus modificaciones; VISTO el Decreto No. 6682, del 10 de mayo de 1961. En ejercicio de las atribuciones que me confiere el Artículo 55 de la Constitución de la República, dicto del siguiente DECRETO: Artículo 1.- Se ratifica al Banco de Reservas de la República Dominicana como único depositario de los fondos del Estado Dominicano. Artículo 2.- En consecuencia, todos los organismos recaudadores de fondos públicos, así como todas las entidades autónomas y descentralizadas del Estado quedan obligadas a depositar todos los fondos recaudados por ellos, o recibidos a cualquier título que sea en el Banco de Reservas de la República Dominicana. Artículo 3.- Quedan derogadas cualesquiera disposiciones contrarias al presente Decreto. Dado en Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, Capital de la República Dominicana, a los diez (10) días del mes de junio del año mil novecientos noventa y siete, año 154 de la Independencia y 134 de la Restauración. Leonel Fernández

Cédulas, pasaportes, teléfonos, correos y domicilios tapados por Notifacto. Texto extraído del PDF original (en los documentos antiguos, por reconocimiento de imagen): puede tener errores de lectura.

Texto del corpus legal de ChatLeyes, el asistente legal con IA de República Dominicana.

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Fuente: Consultoría Jurídica del Poder Ejecutivo (decretos y resoluciones de la Gaceta Oficial y la Colección de Leyes), leídos del corpus legal de ChatLeyes. Notifacto no publica cédulas, domicilios ni datos de contacto, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona