Texto de la norma
Dec. No. 226-97 que autoriza a varias personas a realizar cambios en sus nombres.
(G. O. No. 9954, del 15 de mayo de 1997).
LEONEL FERNANDEZ
Presidente de la República Dominicana
NUMERO: 226-97
CONSIDERANDO: Que las personas que figuran en la parte dispositiva del presente Decreto, habían sido autorizadas por el Poder Ejecutivo a realizar los procedimientos que para cambios de nombres establece la Ley No. 659 sobre Actos del Estado Civil, del 17 de julio de 1944, y sus modificaciones.
CONSIDERANDO: Que la Junta Central Electoral ha informado no haber recibido dentro del plazo legal, ningún acto de oposición a las solicitudes formuladas en tal sentido por los interesados.
CONSIDERANDO: Que han sido cumplidas todas las formalidades requeridas por la Ley.
VISTOS los Artículos 80, 81, 82 y 83 de la Ley No.659 sobre Actos del Estado Civil, del 17 de julio de 1944.
En ejercicio de las atribuciones que me confiere el Artículo 55 de la Constitución de la República, dicto el siguiente
DECRETO:
Artículo 1.- La señora Reina Núñez, queda autorizada a cambiar su nombre por el de Reina María Núñez.
Artículo 2.- La señora Hipólita Cedeño, queda autorizada a cambiar su nombre por el de Carmen Hipólita Cedeño.
Artículo 3.- El señor Olivo Olivo queda autorizado a cambiar su nombre por el de Alberto Bienvenido Olivo.
Artículo 4.- La señora Casilda Tolentino Rodríguez, queda autorizada a cambiar su nombre por el de María Casilda Tolentino Rodríguez.
Artículo 5.- La señora Yginia Aguasanta Lachapel, queda autorizada a cambiar su nombre por el de Virginia Aguasanta Lachapel.
Artículo 6.- La señora Crusita Castillo Adames, queda autorizada a cambiar su nombre por el de Cruz Castillo Adames.
Dado en Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, Capital de la República Dominicana, a los doce (12) días del mes de mayo del año mil novecientos noventa y siete, año 153 de la Independencia y 134 de la Restauración.
Leonel Fernández
Cédulas, pasaportes, teléfonos, correos y domicilios tapados por Notifacto. Texto extraído del PDF original (en los documentos antiguos, por reconocimiento de imagen): puede tener errores de lectura.