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Abriendo el decreto…

Decreto

Decreto 214-97

QUE CONCEDE EL BENEFICIO DE LA INCORPORACION A VARIAS INSTITUCIONES SIN FINES DE LUCRO

Documento original (Consultoría Jurídica) →Consultar normas en ChatLeyes →
24 abr de 1997fecha
Incorporación de asociacionestipo
G. O. 9953Gaceta Oficial del 1 ene de 1997
Poder Ejecutivoórgano

Texto

Texto de la norma
Dec. No. 214-97 que concede el beneficio de la incorporación a varias instituciones sin fines de lucro. (G. O. No. 9953, del 30 de abril de 1997). LEONEL FERNANDEZ Presidente de la República Dominicana NUMERO: 214-97 VISTA la Ley No. 520, del 26 de julio de 1920, sobre Asociaciones que no Tengan por Objeto un Beneficio Pecuniario, y sus modificaciones; En ejercicio de las atribuciones que me confiere el Artículo 55 de la Constitución de la República, dicto el siguiente DECRETO: Artículo 1.- Se concede el beneficio de la incorporación a las siguientes asociaciones: 1) FUNDACION PARA LA JUVENTUD LIBRE DE DROGAS Y DELINCUENCIA, que tiene su domicilio en Santo Domingo, D. N., y cuyos estatutos fueron aprobados en asamblea celebrada en fecha 25 de octubre de 1996. 2) ASOCIACION DOMINICANA DE TECNICOS INDUSTRIALES EN MECANICA, ELECTRICIDAD Y ELECTRONICA, que tiene su domicilio en Santo Domingo, D. N., y cuyos estatutos fueron aprobados en asamblea celebrada en fecha 20 de junio de 1995. 3) FUNDACION DARIO ALVAREZ GOMEZ, que tiene su domicilio en la provincia de Puerto Plata, R. D., y cuyos estatutos fueron aprobados en asamblea celebrada en fecha 22 de julio de 1992. 4) ASOCIACION DE AMAS DE CASA "LUCHANDO POR LA VIDA", que tiene su domicilio en Santo Domingo, D. N., y cuyos estatutos fueron aprobados en asamblea celebrada en fecha 1 de noviembre de 1996. 5) COMISION NACIONAL DE BIOETICA, (CNB), que tiene su domicilio en Santo Domingo, D. N., y cuyos estatutos fueron aprobados en asamblea celebrada en fecha 4 de octubre de 1995. 6) FUNDACION ENERGIA, AMBIENTE Y SOCIEDAD, que tiene su domicilio en Santo Domingo, D. N., y cuyos estatutos fueron aprobados en asamblea celebrada en fecha 17 de febrero de 1997. 7) ASOCIACION DOMINICANA DE EXPORTADORES DE VEGETALES ORIENTALES, (ADEXVO), que tiene su domicilio en provincia de La Vega, R. D., y cuyos estatutos fueron aprobados en asamblea celebrada en fecha 30 de enero de 1997. 8) ASOCIACION DE PADRES SIN CASAS Y SIN TIERRA "PROF. ERCILIA PEPIN", EL MAIMON - VALIENTE - LA CALETA, que tiene su domicilio en Santo Domingo, D. N., y cuyos estatutos fueron aprobados en asamblea celebrada en fecha 15 de octubre de 1994. 9) SOCIEDAD MUTUALISTA "JUAN PABLO DUARTE" (SOMUJUPADU), que tiene su domicilio en Santo Domingo, D. N., y cuyos estatutos fueron aprobados en asamblea celebrada en fecha 9 de julio de 1996. 10) MINISTERIO DE EVANGELIZACION "VISPERA DEL FIN", que tiene su domicilio en Santo Domingo, D. N., y cuyos estatutos fueron aprobados en asamblea celebrada en fecha 20 de febrero de 1997. 11) FUNDACION DOMINICANA DE NUTRICION 2000, que tiene su domicilio en Santo Domingo, D. N., y cuyos estatutos fueron aprobados en asamblea celebrada en fecha 12 de mayo de 1996. 12) FUNDACION SUROESTANA DE SALUD INTEGRAL, (FUSUSI), que tiene su domicilio en la provincia de San Juan de la Maguana, R. D., y cuyos estatutos fueron aprobados en asamblea celebrada en fecha 16 de julio de 1996. 13) SOCIEDAD ACCION PRO-DESARROLLO Y MEJORAMIENTO SOCIAL COMUNITARIO DE LA UREÑA (SAPROMESCO), que tiene su domicilio en Santo Domingo, D. N., y cuyos estatutos fueron aprobados en asamblea celebrada en fecha 11 de enero de 1997. 14) ASOCIACION DE CHOFERES DEL TRANSPORTE NAGUA-SANCHEZ (ASOCHOTRANASA), que tiene su domicilio en Nagua, R. D., y cuyos estatutos fueron aprobados en asamblea celebrada en fecha 7 de febrero de 1997. 15) COMITE DE DESARROLLO COMUNITARIO DEL BARRIO LEBRON, que tiene su domicilio en Santo Domingo, D. N., y cuyos estatutos fueron aprobados en asamblea celebrada en fecha 5 de diciembre de 1996. 16) CLUB SOCIO-CULTURAL Y RECREATIVO "CIRCULO DE LA AMISTAD", que tiene su domicilio en la provincia de Puerto Plata, R. D., y cuyos estatutos fueron aprobados en asamblea celebrada en fecha 6 de enero de 1997. 17) ASOCIACION CULTURAL "CASAS GOETHE", (ACCG), que tiene su domicilio en Santo Domingo, D. N., y cuyos estatutos fueron aprobados en asamblea celebrada en fecha 18 de enero de 1997. 18) FUNDACION DOMINICANA PRO-VIVIENDA COMUNITARIA, (FUNDOVICON), que tiene su domicilio en Santo Domingo, D. N., y cuyos estatutos fueron aprobados en asamblea celebrada en fecha 28 de enero de 1997. 19) ASOCIACION DOMINICANA DE FABRICANTES DE CIGARROS, que tiene su domicilio en la provincia de Santiago, R. D., y cuyos estatutos fueron aprobados en asamblea celebrada en fecha 12 de diciembre de 1996. 20) CENTRO CULTURAL DEL ESTE (CENCE), que tiene su domicilio en la provincia de San Pedro de Macorís, R. D., y cuyos estatutos fueron aprobados en asamblea celebrada en fecha 15 de febrero de 1997. 21) CENTRO DESARROLLO Y PARTICIPACION, que tiene su domicilio en Santo Domingo, D. N., y cuyos estatutos fueron aprobados en asamblea celebrada en fecha 26 de enero de 1995. 22) CAMARA DOMINICANA DE SALUD (CADOMSA), que tiene su domicilio en Santo Domingo, D. N., y cuyos estatutos fueron aprobados en asamblea celebrada en fecha 31 de julio de 1996. 23) ASOCIACION DE PROPIETARIOS DE VILLAS, APARTAMENTOS, TERRENOS DE PUERTO LAGUNA, que tiene su domicilio en la provincia de La Altagracia, R. D., y cuyos estatutos fueron aprobados en asamblea celebrada en fecha 14 de febrero de 1997. 24) ASOCIACION DE AGRICULTORES Y CAMPESINOS SIN TIERRA "GENERAL MAXIMO GOMEZ" - PARAJE BUENOS AIRES - SECCION SIERRA PRIETA - MUNICIPIO YAMASA - PROVINCIA MONTE PLATA, que tiene su domicilio en la provincia de Monte Plata, R. D., y cuyos estatutos fueron aprobados en asamblea celebrada en fecha 5 de noviembre de 1994. 25) CLUB DE LEONES SANTO DOMINGO - HERRERA, que tiene su domicilio en Santo Domingo, D. N., y cuyos estatutos fueron aprobados en asamblea celebrada en fecha 6 de agosto de 1996. 26) ASOCIACION DE MICROS, MEDIANOS Y PEQUEÑOS EMPRESARIOS DEL SUR (AMPES), que tiene su domicilio en la provincia de San Cristóbal, R. D., y cuyos estatutos fueron aprobados en asamblea celebrada en fecha 20 de diciembre de 1996. 27) ASOCIACIÓN ALCANCE MISIONERO, que tiene su domicilio en la provincia de La Vega, R. D., y cuyos estatutos fueron aprobados en asamblea celebrada en fecha 18 de junio de 1996. 28) JUNTA DE VECINOS "LA CORPORANEA", que tiene su domicilio en Santo Domingo, D. N., y cuyos estatutos fueron aprobados en asamblea celebrada en fecha 10 de junio de 1996. 29) ASOCIACION DE CHOFERES DE CAMIONES Y CAMIONETAS DE LOS MOLINOS DEL NORTE, PUERTO PLATA, que tiene su domicilio en Puerto Plata, R. D., y cuyos estatutos fueron aprobados en asamblea celebrada en fecha 11 de enero de 1997. 30) ASOCIACION DE FERRETEROS DEL NORDESTE, que tiene su domicilio en la Provincia Duarte, R. D., y cuyos estatutos fueron aprobados en asamblea celebrada en fecha 3 de agosto de 1996. 31) MOVIMIENTO PLANIFICACION DESARROLLO NACIONAL (MOPLADENA), que tiene su domicilio en Santo Domingo, D. N., y cuyos estatutos fueron aprobados en asamblea celebrada en fecha 3 de febrero de 1997. 32) ASOCIACION DE INDUSTRIA Y COMERCIO DE LA ZONA ORIENTAL DE SANTO DOMINGO (ADICO), que tiene su domicilio en Santo Domingo, D. N., y cuyos estatutos fueron aprobados en asamblea celebrada en fecha 30 de agosto de 1995. 33) FUNDACION ACCION SOCIAL COMUNITARIA, que tiene su domicilio en Santo Domingo, D. N., y cuyos estatutos fueron aprobados en asamblea celebrada en fecha 30 de enero de 1997. 34) CENTRO DE ESTUDIOS INTERNACIONALES DE LA REPUBLICA, que tiene su domicilio en Santo Domingo, D. N., y cuyos estatutos fueron aprobados en asamblea celebrada en fecha 30 de enero de 1997. Artículo 2.- Se aprueba la modificación de los estatutos del CLUB AUTOMOVILISTICO DEL NORTE, INC., aprobados en la asamblea general extraordinaria de fecha 12 de junio de 1996, con su domicilio en Santo Domingo, R. D. Artículo 3.- Se aprueba la corrección del nombre de la FRATERNIDAD HOMBRES DE NEGOCIOS DEL EVANGELIO COMPLETO (FRATERNIDAD), por lo que en lo adelante se denominará FRATERNIDAD INTERNACIONAL DE HOMBRES DE NEGOCIOS DEL EVANGELIO COMPLETO (FRATERNIDAD). Artículo 4.- Queda derogado el ordinal primero del Artículo 1 del Decreto No. 3-97 de fecha 2 de enero de 1997. Artículo 5.- Envíese a la Procuraduría General de la República, para los fines correspondientes. Dado en Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, Capital de la República Dominicana, a los veinticuatro (24) días del mes de abril del año mil novecientos noventa y siete, año 154 de la Independencia y 134 de la Restauración. Leonel Fernández

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Fuente: Consultoría Jurídica del Poder Ejecutivo (decretos y resoluciones de la Gaceta Oficial y la Colección de Leyes), leídos del corpus legal de ChatLeyes. Notifacto no publica cédulas, domicilios ni datos de contacto, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona