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Abriendo el decreto…

Decreto

Decreto 195-97

QUE CREA E INTEGRA UNA COMISION ESPECIAL ENCARGADA DE SUPERVISAR EL FONDO GENERAL CONSTITUIDO POR LOS EXCEDENTES DE LOS INGRESOS ESTIMADOS EN EL PRESUPUESTO Y LEY DE GASTOS PUBLICOS VIGENTE PARA EL PRESENTE AÑO.

Documento original (Consultoría Jurídica) →Consultar normas en ChatLeyes →
24 abr de 1997fecha
Designacióntipo
G. O. 9953Gaceta Oficial del 1 ene de 1997
Poder Ejecutivoórgano
1persona nombrada

Personas que nombra En verificación

PersonaQué dice el decretoCargo e institución
Marino Vinicio Castillo RodríguezMiembro de un órganola que tendrá como función principal la supervisión del Fondo General constituido por los excedentes de los ingresos estimados en el Presupuesto

Leídas del texto del decreto: puede haber errores de lectura. El enlace con otras fuentes es por nombre y puede tratarse de otra persona con el mismo nombre.

Texto

Texto de la norma
Dec. No. 195-97 que crea e integra una Comisión Especial encargada de supervisar el Fondo General constituido por los excedentes de los ingresos estimados en el Presupuesto y Ley de Gastos Públicos vigente para el presente año. (G. O. No. 9953, del 30 de abril de 1997). LEONEL FERNANDEZ Presidente de la República Dominicana NUMERO: 195-97 CONSIDERANDO: Que en razón de que las Cámaras Legislativa no aprobaron el Proyecto de Presupuesto y Ley de Gastos Públicos para el año 1997 sometido por el Poder Ejecutivo a consecuencia de lo cual, y en virtud de lo dispuesto por el párrafo IV del Artículo 115 de la Constitución de la República, continuó vigente para el año en curso el Presupuesto y Ley de Gastos Públicos del año 1996; CONSIDERANDO: Que como resultado de la ejecución del aludido Presupuesto, es posible que se produzcan ingresos por encima de los estimados para el año 1996, creando excedentes presupuestarios; CONSIDERANDO: Que conforme al Artículo 50 de la Ley Orgánica de Presupuesto número 531, del 11 de diciembre de 1969, el excedente del estimado de ingresos se acumulará en "un fondo especial a disposición del Poder Ejecutivo, el cual lo aplicará a satisfacer aquellas necesidades públicas que juzgue conveniente"; CONSIDERANDO: Que es interés del Poder Ejecutivo, sin renuncia ni limitación a sus facultades constitucionales y legales, hacer un uso pulcro y equilibrado de dicho fondo integrado por los excedentes presupuestarios, garantizando la transparencia en el manejo de los mismos, así como la posibilidad de que todos los mecanismos de control institucional puedan cumplir a cabalidad su cometido; VISTO los Artículos 49, 50, 51, 52, 53, 54, y 55 de la Ley Orgánica de Presupuesto para el Sector Público, de fecha 11 de diciembre de 1969; En ejercicio de las atribuciones que me confiere el Artículo 55 de la Constitución de la República, dicto el siguiente DECRETO: Artículo 1.- Se crea una Comisión Especial integrada por el Contralor General de la República, quien la presidirá; los presidentes de la Cámara de Cuentas, del Consejo Nacional de la Empresa Privada y del Instituto de Contadores Públicos Autorizados de la República Dominicana y el Dr. Marino Vinicio Castillo Rodríguez, la que tendrá como función principal la supervisión del Fondo General constituido por los excedentes de los ingresos estimados en el Presupuesto y Ley de Gastos Públicos vigente para el año en curso. Artículo 2.- La Comisión Especial mediante el presente Decreto ejercerá su labor de supervisión, sin perjuicio de las facultades otorgadas por la ley a la Contraloría General de la República y a cualquier otra dependencia o poder público. Dado en Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, Capital de la República Dominicana, a los veinticuatro (24) días del mes de abril del año mil novecientos noventa y siete, año 154 de la Independencia y 134 de la Restauración. Leonel Fernández

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Texto del corpus legal de ChatLeyes, el asistente legal con IA de República Dominicana.

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Fuente: Consultoría Jurídica del Poder Ejecutivo (decretos y resoluciones de la Gaceta Oficial y la Colección de Leyes), leídos del corpus legal de ChatLeyes. Notifacto no publica cédulas, domicilios ni datos de contacto, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona