Texto de la norma
Decreto Nº 2826, que autoriza al Sr. Julio César Martínez S., a hacer cambios en el nombre de su hija menor Olga Celeste Martínez Bello. (G. O. Nº 9233, del 24 de Noviembre de 1972)
JOAQUIN BALAGUER
Presidente de la República Dominicana
NUMERO 2826
CONSIDERANDO que en virtud de la solicitud formulada por el señor Julio César Martínez Sobá, dominicano mayor de edad, casado, periodista, domiciliado y residente en [domicilio omitido], portador de la cédula de identificación personal [omitida], fue autorizado a realizar los procedimientos requeridos por la Ley Nº 659, sobre Actos del Estado Civil, de fecha 17 de julio de 1944, para cambiar el nombre de su hija menor de edad Olga Celeste Martínez Bello, por el de Ana Selene Martínez Bello;
CONSIDERANDO que en el presente caso se han cumplido todas las formalidades requeridas por la Ley;
CONSIDERANDO que la Junta Central Electoral ha certificado en fecha 5 de septiembre de 1972, que no se ha realizado ninguna oposición legal a la solicitud formulada por el señor Julio César Martínez Sobá, para que pueda cambiar el nombre de su hija menor de edad Olga Celeste Martínez Bello, por el de Ana Selene Martínez Bello;
En ejercicio de las atribuciones que me confiere el artículo 55 de la Constitución de la República, dicto el siguiente
DECRETO:
Art. 1.—El señor Julio César Martínez Sobá, queda autorizado a cambiar el nombre de su hija menor de edad Olga Celeste Martínez Bello, por el de Ana Selene Martínez Bello.
Art. 2.—El presente Decreto se publicará en la Gaceta Oficial y en un diario de circulación nacional.
DADO en Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, Capital de la República Dominicana, a los veinte días del mes de octubre del año mil novecientos setenta y dos, años 129º de la Independencia y 110º de la Restauración.
JOAQUIN BALAGUER
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