Texto de la norma
Dec. No. 333-97 que autoriza al Almirante, M. de G., Rubén Paulino Alvarez y al Contralmirante, M. de G., Juan Tomás Díaz Polanco, a usar sendas condecoraciones extranjeras.
(G. O. No. 9960, del 31 de julio de 1997).
LEONEL FERNANDEZ
Presidente de la República Dominicana
NUMERO: 333-97
VISTAS las solicitudes sometidas por el Secretario de Estado de las Fuerzas Armadas, en el sentido de que autorice al Almirante, M. de G., Rubén Paulino Alvarez y al Contralmirante, M. de G., Juan Tomás Díaz Polanco, a usar sendas condecoraciones que les fueron otorgadas por el Ministerio de Defensa de la República China;
VISTAS las disposiciones de la Ley No. 1325, del 13 de enero de 1947 y del Reglamento No. 4157, del 4 de febrero de 1947;
En ejercicio de las atribuciones que me confiere el Artículo 55 de la Constitución de la República, dicto el siguiente
DECRETO:
Artículo 1.- Se autoriza al Almirante, Marina de Guerra, Rubén Paulino Alvarez, usar la condecoración "Gran Cordón de la Bandera Resplandeciente", que le fuera otorgada por la República de China;
Artículo 2.- Se autoriza al Contralmirante, Marina de Guerra, Juan Tomás Díaz Polanco, usar la condecoración "Corbata Especial de la Bandera Resplandeciente", que le fuera otorgada por el Ministerio de Defensa de la República de China;
Artículo 3.- Envíese a las Secretarías de Estado de Relaciones Exteriores y de las Fuerzas Armadas, para los fines correspondientes.
Dado en Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, Capital de la República Dominicana, a los veintisiete (27) días del mes de julio del año mil novecientos noventa y siete, año 154 de la Independencia y 134 de la Restauración.
Leonel Fernández
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