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Abriendo el decreto…

Decreto

Decreto 286-97

QUE CONCEDE EL BENEFICIO DE LA INCORPORACION A VARIAS INSTITUCIONES SIN FINES DE LUCRO

Documento original (Consultoría Jurídica) →Consultar normas en ChatLeyes →
23 jun de 1997fecha
Incorporación de asociacionestipo
G. O. 9958Gaceta Oficial del 1 ene de 1997
Poder Ejecutivoórgano

Texto

Texto de la norma
Dec. No. 286-97 que concede el beneficio de la incorporaciiin a varias instituciones sin fines de lucro. (G. 0. No. 9958, del 30 de junio de 1997). LEONEL FERNANDEZ Presidente de la Repfiblica Dorninicana NUMERO: 286-97 VISTA la Ley No. 520, del 26 de julio de 1920, sobre Asociaciones que no Tengan por Objeto un Beneficio Pecuniario, y sus modificaciones. En ejercicio de las atribuciones que me confiere el Articulo 55 de la Constitucih de la Repbblica, dicto el siguiente D E C R E T 0: Articulo 1.- Se concede el beneficio de la incorporacih a las siguientes asociaciones: FUNDACION DOMINICANA DE LOS LIMPIABOTAS “AMOR Y FE”, que tiene su domicilio en Santo Domingo, D. N., y cuyos estatutos fueron aprobados en asamblea celebrada en fecha 14 de abril 1997. SOCIEDAD DOMINICANA DE PROTECCION RADIOLOGICA (SDPR), que tiene su domicilio en Santo Domingo, D. N., y cuyos estatutos fueron aprobados en asamblea celebrada en fecha 15 de abril 1996. ASOCIACION DE PROPIETARIOS DE AUTOBUSES DE BARAHONA (ASOPROABA), que tiene su domicilio en la provincia de Barahona, R. D., y cuyos estatutos fueron aprobados en asamblea celebrada en fecha 12 de abril 1997. 4) ASOCIACION DE BUHONEROS DE VILLA ALTAGRACIA, que tiene su domicilio en el municipio de Villa Altagracia, provincia San Cristbbal, R. D., y cuyos estatutos fueron aprobados en asamblea celebrada en fecha 10 de enero 1997. ASOCIACION LOS COMUNITARIOS, que tiene su domicilio en Santo Domingo, D. N., y cuyos estatutos fueron aprobados en asamblea celebrada en fecha 14 de octubre 1994. CONCILIO PENTECOSTAL "PIEDRA VIVA', que tiene su domicilio en Santo Domingo, D. N., y cuyos estatutos fueron aprobados en asamblea celebrada en fecha 9 de julio 1992. ASOCIACION DE CHOFERES NOCTURNOS DE SANTIAGO (ACHONOSAN), que tiene su domicilio en la provincia de Santiago, R. D., y cuyos estatutos fueron aprobados en asamblea celebrada en fecha 15 de marzo 1997. 8) FUNDACION CASA DE LA MUJER VILLALTAGRACIANA, que tiene su domicilio en el municipio de Villa Altagracia, provincia San Cristbbal, R. D., y cuyos estatutos fueron aprobados en asamblea celebrada en fecha 22 de febrero 1997. 9) ASOCIACION PRO - DESARROLLO DE TENARES, (ASOPRODETE), que tiene su domicilio en el municipio de Tenares, provincia Salcedo, y cuyos estatutos fueron aprobados en asamblea celebrada en fecha 18 de enero 1992. CENTRO DE ESTUDIOS BANCARIOS Y FINANCIEROS (CEBF), que tiene su domicilio en Santo Domingo, D. N., y cuyos estatutos fueron aprobados en asamblea celebrada en fecha 11 de abril 1997. .- PATRONATO DE VIVIENDAS PARA PROFESIONALES DEL SECTOR AGROPECUARIO (PATROVIPSA), que tiene su domicilio en Santo Domingo, D. N., y cuyos estatutos fueron aprobados en asamblea celebrada en fecha 3 de marzo 1997. HOGAR SANTA MARIA, que tiene su domicilio en la provincia de Santiago, R. D., y cuyos estatutos fueron aprobados en asamblea celebrada en fecha 1 de marzo 1997. ASOCIACION DE IMBERTEAOS EN SANTO DOMING0 (ASIMBERT), que tiene su domicilio en Santo Domingo; D. N., jr cuyos estatutos fueron aprobados en asamblea celebrada en fecha 16 de marzo 1997. ASOCIACION DE ABOGADOS DE LA ZONA ORIENTAL (AZORIEN), que tiene su domicilio en Santo Domingo, D. N., y cuyos estatutos fueron aprobados en asamblea celebrada en fecha 11 de febrero 1995. ASOCIACION DE CHOFERES DE CARROS PUERTO PLATA MONTELLANO - SOSUA Y VICEVERSA, que tiene su domicilio en la provincia de Puerto Plata, R. D., y cuyos estatutos fueron aprobados en asamblea celebrada en fecha 14 de junio 1989. ASOCIACION DE MARINOS MERCANTES Y CONEXOS, que tiene su domicilio en la provincia de Puerto Plata, R. D., y cuyos estatutos fueron aprobados en asamblea celebrada en fecha 12 de marzo 1997. FUNDACION DE ABOGADOS EN PRACTICA E INVESTIGACION (FUNDAPI), que tiene su domicilio en Santo Domingo, D. N., y cuyos estatutos fueron aprobados en asamblea celebrada en fecha 14 diciembre 1996. FUNDACION ECOLOGICA ACCION VERDE DOMINICANA (FEAVEDO), que tiene su domicilio en la provincia de Peravia, R. D., y cuyos estatutos fueron aprobados en asamblea celebrada en fecha 12 de marzo 1997. ASOCIACION NACIONAL DE TIENDAS DE REFRIGERACION (ASONATIRE), que tiene su domicilio en Santo Domingo, D. N., y cuyos estatutos fueron aprobados en asamblea celebrada en fecha 16 febrero 1997. LOGIA JAIME MANUEL FERNANDEZ, que tiene su domicilio en Santo Domingo, D. N., y cuyos estatutos fueron aprobados en asamblea celebrada en fecha 4 septiembre 1996. RESPETABLE LOGIA “21 DE ENERO”, No. 37, que tiene su domicilio en la provincia de Hato Mayor, R. D., y cuyos estatutos fueron aprobados en asamblea celebrada en fecha 2 1 enero 1996. RESPETABLE LOGIA “GREGORIO LUPERON’, No. 36, que tiene su domicilio en Santo Domingo; D. N., y cuyos estatutos fueron aprobados en asamblea celebrada en fecha 16 mayo 1996. RESPETABLE LOGIA “GEORGE WASHINGTON’, No. 48, que tiene su domicilio en Santo Domingo, D. N., y cuyos estatutos fueron aprobados en asamblea celebrada en fecha 4 julio 1995. CLUB DE CRIADORES DEL YORKSHIRE TERRIER, que tiene su domicilio en Santo Domingo, D. N., y cuyos estatutos fueron aprobados en asamblea celebrada en fecha 3 febrero 1997. CENTRO DE REHABILITACION DE JOVENES ADICTOS “HOGAR NUEVA CRIATURA”, que tiene su domicilio en Santo Domingo, D. N., y e cuyos estatutos fueron aprobados en asamblea celebrada en fecha 20 marzo 1997. FUNDACION COCOLO, que tiene su domicilio en la provincia de San Pedro de Macoris, R. D., y cuyos estatutos fueron aprobados en asamblea celebrada en fecha 26 marzo 1997. CLUB DE LEONES “LA VEGA REAL”, que tiene su domicilio en la provincia de La Vega, R. D., y cuyos estatutos fueron aprobados en asamblea celebrada en fecha 28 enero 1997. SOClEDAD AWDA MUTUA “UNION Y ESFUERZO, que tiene su domicilio en Santo Domingo, D. N., y cuyos estatutos fueron aprobados en asamblea celebrada en fecha 11 febrero 1997. ASOCIACION DE PESCADORES PROFESIONALES DEL RIO OZAMA, MARGEN OCCIDENTAL, que tiene su domicilio en Santo Domingo, D. N., y cuyos estatutos fueron aprobados en asamblea celebrada en fecha 9 febrero 1997. ASOCIACION DOMINICANA DE BONSAI, que tiene su domicilio en Santo Domingo, D. N., y cuyos estatutos fueron aprobados en asamblea celebrada en fecha 2 octubre 1996. ASOCIACION LOS REGOLEROS, AMANTES DEL PROGRESO, que tiene su domicilio en la provincia de Azua, R. D., y cuyos estatutos fueron aprobados en asamblea celebrada en fecha 4 agosto 1996. GRAN LOGIA YORK DE SANTO DOMINGO, que tiene su domicilio en Santo Domingo. D. N., y cuyos estatutos fueron aprobados en asamblea celebrada en fecha 26 enero 1997. Articulo 2.- Queda autorizadz a operar en el pais la AMERICAN COMMUNITY FOR RESEARCH AND EDUCATION, incorporada se@n las leyes del Estado de Nueva York.. Articulo 4.- Enviese a la Procuraduria General de la Repdblica, para 10s fines correspondientes. Dado en Santo Domingo de Guzmh, Distrito Nacional, Capital de la Repdblica Dominicana, a 10s veintitr6s (23) dias del mes de junio del aiio mil novecientos noventa y siete, aiio 154 de la Independencia y 134 de la Restauracih. Leone1 Fernhdez I

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Fuente: Consultoría Jurídica del Poder Ejecutivo (decretos y resoluciones de la Gaceta Oficial y la Colección de Leyes), leídos del corpus legal de ChatLeyes. Notifacto no publica cédulas, domicilios ni datos de contacto, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona