Dec. No. 211-97 que prorroga indefinidamente el plazo para concluir el proceso de reordenamiento del Sector Salud en la República Dominicana.
(G. O. No. 9953, del 30 de abril de 1997).
LEONEL FERNANDEZ
Presidente de la República Dominicana
NUMERO: 211-97
CONSIDERANDO: Que mediante Decreto No. 62-96 de fecha 7 de febrero de 1996, se creó la Comisión Nacional de Salud a los efectos de implementar el reordenamiento del sector salud en nuestro país.
CONSIDERANDO: Que la Comisión Nacional de Salud, a través de su Oficina de Coordinación Técnica, ha mantenido el debate público en el sano propósito de definir las transformaciones que demanda el sector salud dominicano;
CONSIDERANDO: Que en el debate y los trabajos iniciales deben continuar participando todos los sectores políticos y sociales, así como los Organismos Nacionales e Internacionales de Cooperación Externa que convergen en la necesidad de reformar y modernizar los servicios de atención médica del país.
VISTOS los Decretos No. 25-95 del 25 enero de 1995 y No. 62-96 del 7 de febrero de 1996.
En ejercicio de las atribuciones que me confiere el Artículo 55 de la Constitución de la República, dicto el siguiente
DECRETO:
Artículo 1.- Se prorroga indefinidamente el plazo para concluir el proceso de reordenamiento del Sector Salud en la República Dominicana.
Artículo 2.- Se ratifica la Comisión Nacional de Salud como el Organismo que bajo la conducción y rectoría de la Secretaría de Estado de Salud Pública y Asistencia Social, deberá contribuir a la articulación y formulación de la reforma y la modernización del sector salud nacional.
Artículo 3.- La Comisión Nacional de Salud continuará disponiendo de una Oficina de Coordinación Técnica (OCT) que actuará como instancia de asesoría para los grupos técnicos políticos que confluyen en la Comisión Nacional de Salud e implementará las medidas y acciones que se dispongan.
Artículo 4.- Se crea la Gerencia Preparatoria de Proyectos de Reforma y Modernización del Sector Salud que actuará en relación directa con el Secretario de Estado de Salud Pública, a quien representará en lo concerniente a la administración de los recursos financieros y de políticas de salud y articulará sus ejecutorias con la Comisión Nacional de Salud y la Oficina de Coordinación Técnica.
Dado en Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, Capital de la República Dominicana, a los veinticuatro (24) días del mes de abril del año mil novecientos noventa y siete, año 154 de la Independencia y 134 de la Restauración.
Leonel Fernández
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