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Abriendo el decreto…

Decreto

Decreto 211-97

QUE PRORROGA INDEFINIDAMENTE EL PLAZO PARA CONCLUIR EL PROCESO DE REORDENAMIENTO DEL SECTOR SALUD EN LA REPUBLICA DOMINICANA

Documento original (Consultoría Jurídica) →Consultar normas en ChatLeyes →
24 abr de 1997fecha
Modifica o deroga normastipo
G. O. 9953Gaceta Oficial del 1 ene de 1997
Poder Ejecutivoórgano

Texto

Texto de la norma
Dec. No. 211-97 que prorroga indefinidamente el plazo para concluir el proceso de reordenamiento del Sector Salud en la República Dominicana. (G. O. No. 9953, del 30 de abril de 1997). LEONEL FERNANDEZ Presidente de la República Dominicana NUMERO: 211-97 CONSIDERANDO: Que mediante Decreto No. 62-96 de fecha 7 de febrero de 1996, se creó la Comisión Nacional de Salud a los efectos de implementar el reordenamiento del sector salud en nuestro país. CONSIDERANDO: Que la Comisión Nacional de Salud, a través de su Oficina de Coordinación Técnica, ha mantenido el debate público en el sano propósito de definir las transformaciones que demanda el sector salud dominicano; CONSIDERANDO: Que en el debate y los trabajos iniciales deben continuar participando todos los sectores políticos y sociales, así como los Organismos Nacionales e Internacionales de Cooperación Externa que convergen en la necesidad de reformar y modernizar los servicios de atención médica del país. VISTOS los Decretos No. 25-95 del 25 enero de 1995 y No. 62-96 del 7 de febrero de 1996. En ejercicio de las atribuciones que me confiere el Artículo 55 de la Constitución de la República, dicto el siguiente DECRETO: Artículo 1.- Se prorroga indefinidamente el plazo para concluir el proceso de reordenamiento del Sector Salud en la República Dominicana. Artículo 2.- Se ratifica la Comisión Nacional de Salud como el Organismo que bajo la conducción y rectoría de la Secretaría de Estado de Salud Pública y Asistencia Social, deberá contribuir a la articulación y formulación de la reforma y la modernización del sector salud nacional. Artículo 3.- La Comisión Nacional de Salud continuará disponiendo de una Oficina de Coordinación Técnica (OCT) que actuará como instancia de asesoría para los grupos técnicos políticos que confluyen en la Comisión Nacional de Salud e implementará las medidas y acciones que se dispongan. Artículo 4.- Se crea la Gerencia Preparatoria de Proyectos de Reforma y Modernización del Sector Salud que actuará en relación directa con el Secretario de Estado de Salud Pública, a quien representará en lo concerniente a la administración de los recursos financieros y de políticas de salud y articulará sus ejecutorias con la Comisión Nacional de Salud y la Oficina de Coordinación Técnica. Dado en Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, Capital de la República Dominicana, a los veinticuatro (24) días del mes de abril del año mil novecientos noventa y siete, año 154 de la Independencia y 134 de la Restauración. Leonel Fernández

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Texto del corpus legal de ChatLeyes, el asistente legal con IA de República Dominicana.

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Fuente: Consultoría Jurídica del Poder Ejecutivo (decretos y resoluciones de la Gaceta Oficial y la Colección de Leyes), leídos del corpus legal de ChatLeyes. Notifacto no publica cédulas, domicilios ni datos de contacto, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona