miércoles, 14 de octubre de 2026 Análisis con inteligencia artificial propietariaCómo analizamos
Notifacto.

Donde los medios rinden cuentas

Búsqueda avanzada
Recibir las actualizaciones
HoyPunto ciegoMediosEstadoCerca de tiTemasCompararArchivoBúsqueda avanzada
HoyPunto ciegoMediosBuscarCerca
Notifacto.

Los medios rinden cuentas.

contacto@notifacto.com
ExplorarHistorias de hoyResumen diarioPrimiciasPunto ciegoMedios y propietariosMapa de mediosDinero público y mediosTemasComparar mediosNoticias cerca de tiArchivo de historiasBuscar noticias
El Estado bajo la lupaVigilancia al EstadoSeñalesDineroInstitucionesPersonasEmpresas
NotifactoQuiénes somosMetodologíaDatos abiertosFundadorRecibir las actualizaciones Canal de sindicación
LegalCentro legalAviso legalTérminos de usoPrivacidadUso de inteligencia artificialRectificaciones y réplica
Cada pieza es analizada con inteligencia artificial propietaria de Notifacto. Puede contener errores: revisa siempre la evidencia enlazada.
ResumenSeñalesDineroInstitucionesPersonasEmpresas
FuncionariosDecretosRecién llegadosNóminaPatrimonioDeclaraciones
El Estado bajo la lupa

Abriendo el decreto…

Decreto

Decreto 185-97

QUE ESTABLECE EL REGLAMENTO PARA EL CONSEJO NACIONAL DE ASUNTOS URBANOS.

Documento original (Consultoría Jurídica) →Consultar normas en ChatLeyes →
9 abr de 1997fecha
Reglamentotipo
G. O. 9952Gaceta Oficial del 1 ene de 1997
Poder Ejecutivoórgano

Texto

Texto de la norma
Dec. No. 185-97 que establece el Reglamento para el Consejo Nacional de Asuntos Urbanos. (G. O. No. 9952, del 15 de abril de 1997). LEONEL FERNANDEZ Presidente de la República Dominicana NUMERO: 185-97 En ejercicio de las atribuciones que me confiere el Artículo 55 de la Constitución de la República, dicto el siguiente REGLAMENTO PARA EL CONSEJO NACIONAL DE ASUNTOS URBANOS (CONAU) Artículo 1.- Son atribuciones del Consejo Nacional de Asuntos Urbanos (CONAU): a) La Planificación Urbana-Regional y la coordinación y seguimiento institucional de Obras del Estado. b) Definir políticas de desarrollo Urbano-Regional, así como la normativa correspondiente para un adecuado desarrollo sustentable fundamentado en una amplia participación. c) Someter a la consideración del Poder Ejecutivo, las políticas y normativas definidas. d) Crear Delegaciones Regionales de acuerdo al desarrollo y necesidades de los planes, proyectos y acciones requeridos que actuarán bajo la coordinación de la Presidencia del Consejo Nacional de Asuntos Urbanos (CONAU). Artículo 2.- Para la gestión de los asuntos a su cargo, el Consejo Nacional de Asuntos Urbanos (CONAU) contará con un Consejo Directivo, la Presidencia y la Oficina Técnica-Administrativa y las Delegaciones. Articulo 3.- El Consejo Directivo estara constituido por el Presidente, el Vicepresidente y 10s Miembros del CONAU. nombrados por Decreto del Poder Ejecutivo. El Presidente del CONAU presidira el Consejo Directivo. Articulo 4.- Son atribuciones del Consejo Directivo: a) Decidir 10s proyectos de Planificaci6n Urbana-Regional a desarrollarse en el CONAU. b) Contratar personas e instituciones nacionales y extranjeras para desarrollar 10s proyectos decididos. c) Conocer 10s informes enviados por la Presidencia del CONAU. d) Decidir acciones, cuando lo considere de lugar, de caricter ttcnico, administrativo, de personal y presupuestario para un apropiado manejo interno. e) Reunirse ordinariamente cada semana y cuantas veces sea convocado por la Presidencia del CONAU o por cuatro de sus Miembros. Sesionad con un qu6rum de mayoria y sus decisiones serin tomadas de igual modo. PBrrafo: Los Miernbros del CONAU recibirh una dieta por sesi6n. Articulo 5.- La Presidencia del CONAU estara a cargo de un Presidente y un Vicepresidente, en el cual se podra delegar funciones especfficas para el buen desenvolvimiento de su trabajo y que formarh parte del Consejo Directivo y serin nombrados por Decreto del Poder Ejecutivo. Articulo 6.- Son atribuciones del Presidente: a) Presidir el CONAU y el Consejo Directivo, dirigir la Oficina y coordinar las Delegaciones Regionales. b) Dar cumplimiento a las disposiciones emanadas por el Consejo Directivo. c) Realizar las funciones de coordinaci6n y seguimiento interinstitucional y dirigir 10s proyectos que emanen de esta funci6n. d) Someter informes peri6dicos acerca de su gesti6n al Consejo Directivo y al Poder Ejecutivo segdn corresponda. t I e) Ejecutar acciones administrativas, de personal y presupuestales para el mejor desenvolvimiento de las tareas bajo su responsabilidad. f ) Representar al CONAU ante las demh organizaciones del Estado y entidades de la sociedad civil. Articulo 7.- La Oficina TCcnica-Administrativa la constituye el personal tCcnico y administrativo de apoyo al CONAU. Estarh dirigida por la Presidencia del CONAU y tendrh su asiento en la ciudad de Santo Domingo. Articulo 8.- La Oficina estar6 compuesta por dos unidades: la Administrativa y la Tknica. La Unidad Administrativa se encargar6 de asistir a la Presidencia en la administraci6n de recursos y la gerencia de personal; y La Unidad Ttcnica se encargari de asistir a la Presidencia en la elaboraci6n de diagn6sticos y propuestas tCcnicas, en funci6n de 10s requerimientos originados del Consejo Directivo o de solicitudes externas. Articulo 9.- Habr6 una Delegaci6n por cada regi6n y el Distrito Nacional, por lo que se contar6 con cuatro delegaciones: Distrito Nacional, Norte o Cibao, Suroeste y Sureste. Articulo 10.- Cada Delegaci6n podrh contar con una Oficina que asumiri gradualmente y de acuerdo a las necesidades locales, funciones y estructuras semejantes a las de la Oficina Central. Articulo 11.- AI frente de cada Delegaci6n se nombrar6 un Encargado, quien dirigiri 10s trabajos regionales bajo la coordinaci6n de la Presidencia del CONAU. Articulo 12.- La Delegaciones realizarhn funciones en cada regibn, de acuerdo a las directrices y lineamientos trazados por el Consejo Directivo, mediante la coordinaci6n de la Presidencia del CONAU y actuarh de manera concertada con 10s gobiernos locales y con una amplia participaci6n de 10s diferentes sectores sociales de su regi6n. Articulo 13.- El CONAU generar6 proyectos para el cumplimiento de sus funciones, 10s cuales serhn de planeamiento urbano-regional, de coordinaci6n y de seguimiento. Las propuestas de proyectos podrhn elaborarse por iniciativa del Consejo Directivo, de la Presidencia o de las Delegaciones, partiendo de requerimientos surgidos del Poder Ejecutivo, de otras instancias del Estado, o de instituciones de la sociedad civil. Articulo 14.- L a formulaci6n de 10s proyectos sera asignada por el Consejo Directivo a la Oficina o a personal contratado. bajo la coordinaci6n y orientaci6n de la Presidencia del CONAU. Articulo 15.- Una vez sea elaborado un proyecto se remitiri a la Presidencia de la Repfiblica. El CONAU mantendrl un nivel de coordinaci6n y seguimiento en la medida de las necesidades. Dado en Santo Doming0 de Guzmin, Distrito Nacional, Capital de la Repdblica Dominicana, a 10s nueve (9) dias del mes de abril del aiio mil novecientos noventa y siete, aiio 154 de la Independencia y 134 de la Restauraci6n. Leone1 Fernhdez

Cédulas, pasaportes, teléfonos, correos y domicilios tapados por Notifacto. Texto extraído del PDF original (en los documentos antiguos, por reconocimiento de imagen): puede tener errores de lectura.

Texto del corpus legal de ChatLeyes, el asistente legal con IA de República Dominicana.

Sigue explorando · Personas en el Estado

Todas las secciones →
  • FuncionariosCargo, sueldo, decretos y patrimonio de cada persona
  • Recién llegadosQuién entró a un cargo público y qué vínculos tenía
  • Nómina públicaQuién cobra en el Estado y cuánto, mes a mes
  • Cambios de patrimonioQuién más cambió entre dos declaraciones juradas
  • Declaraciones pendientesQuién no presentó su declaración jurada a tiempo

Fuente: Consultoría Jurídica del Poder Ejecutivo (decretos y resoluciones de la Gaceta Oficial y la Colección de Leyes), leídos del corpus legal de ChatLeyes. Notifacto no publica cédulas, domicilios ni datos de contacto, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona