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Abriendo el decreto…

Decreto

Decreto 65-97

QUE NOMBRA AL LIC. JORGE ADALBERTO SANTIAGO, EMBAJADOR EXTRAORDINARIO Y PLENIPOTENCIARIO DE LA REPUBLICA EN EL SALVADOR

Documento original (Consultoría Jurídica) →Consultar normas en ChatLeyes →
10 feb de 1997fecha
Designacióntipo
G. O. 9947Gaceta Oficial del 1 ene de 1997
Poder Ejecutivoórgano
1persona nombrada

Personas que nombra En verificación

PersonaQué dice el decretoCargo e institución
Jorge Adalberto SantiagoDesignaciónEmbajador Extraordinario y Plenipotenciario de la Repdblica Dominicana en El Salvador

Leídas del texto del decreto: puede haber errores de lectura. El enlace con otras fuentes es por nombre y puede tratarse de otra persona con el mismo nombre.

Seguimiento Por nombre

Después del decreto: la declaración jurada de patrimonio de cada persona designada, sus cargos anteriores y si hoy dirige la institución.

  • Jorge Adalberto Santiago · Embajador Extraordinario y Plenipotenciario de la Repdblica Dominicana en El Salvador

    Declaración jurada: el plazo estimado venció el 12 mar de 1997. Notifacto la comprobará en la lista de la Cámara de Cuentas cuando el directorio oficial de funcionarios registre la designación.

El cruce con el directorio oficial de funcionarios y con la lista de declaraciones juradas de la Cámara de Cuentas es por nombre (y, en la declaración, por el número del decreto): puede tratarse de otra persona con el mismo nombre.

Texto

Texto de la norma
Dec. No. 65-97 que nombra a1 Lic. Jorge Adalberto Santiago, Embajador Extraordinario y Plenipotenciario de la Repdblica en El Salvador. (G. 0. No. 9947, del 15 de febrero de 1997). LEONEL FERNANDEZ Presidente de la Repdblica Dominicana NUMERO: 65-97 En ejercicio de las atribuciones que me confiere el Articulo 55 de la Constituci6n de la Repdblica, dicto el siguiente D E C RET 0: ARTICULO UNIC0.- El Lic. Jorge Adalberto Santiago, queda designado Embajador Extraordinario y Plenipotenciario de la Repdblica Dominicana en El Salvador. Dado en Santo Domingo de Guzmh, Distrito Nacional, Capital de la ' Repdblica Dominicana, a 10s diez (10) dias del mes de febrero del aiio mil novecientos noventa y siete, aiio 153 de la Independencia y 134 de la Restauraci6n. Leonel Fernindez

Cédulas, pasaportes, teléfonos, correos y domicilios tapados por Notifacto. Texto extraído del PDF original (en los documentos antiguos, por reconocimiento de imagen): puede tener errores de lectura.

Texto del corpus legal de ChatLeyes, el asistente legal con IA de República Dominicana.

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  • Recién llegadosQuién entró a un cargo público y qué vínculos tenía
  • Nómina públicaQuién cobra en el Estado y cuánto, mes a mes
  • Cambios de patrimonioQuién más cambió entre dos declaraciones juradas
  • Declaraciones pendientesQuién no presentó su declaración jurada a tiempo

Fuente: Consultoría Jurídica del Poder Ejecutivo (decretos y resoluciones de la Gaceta Oficial y la Colección de Leyes), leídos del corpus legal de ChatLeyes. Notifacto no publica cédulas, domicilios ni datos de contacto, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona