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Abriendo el decreto…

Decreto

Decreto 48-97

QUE AUTORIZA VARIOS AYUNTAMIENTOS VENDER SOLARES

Documento original (Consultoría Jurídica) →Consultar normas en ChatLeyes →
28 ene de 1997fecha
Asunto municipaltipo
G. O. 9946Gaceta Oficial del 1 ene de 1997
Poder Ejecutivoórgano

Texto

Texto de la norma
Dec. No. 48-97 que autoriza varios ayuntamientos vender solares. (G. O. No. 9946, del 31 de enero de 1997). LEONEL FERNANDEZ Presidente de la República Dominicana NUMERO: 48-97 VISTA la Ley No. 4381 del 10 de febrero de 1956 y la Ley No. 5577 del 12 de julio de 1961. En ejercicio de las atribuciones que me confiere el Artículo 55 de la Constitución de la República, dicto el siguiente DECRETO: Artículo 1.- Se autoriza al Ayuntamiento del municipio de Santiago a vender: a) A la señora Marcelina Cabreja de Piñeyro, una porción de terreno, con designación municipal No. 23 de la Manzana Catastral No. 5, ubicado dentro del ámbito de la Parcela No. 220, del Distrito Catastral No. 6, del municipio de Santiago, con un área de 609.06 metros cuadrados, con los siguientes linderos: al Norte, Solar Municipal No. 24; al Sur, Calle Rubén Cordero; al Este, Solar Municipal No. 22; y al Oeste, Calle D; por el precio total de RD$34,259.63 (treinticuatro mil doscientos cincuentinueve pesos con 63/100). b) Al señor Daniel Cepín, una porción de terreno, con designación municipal No. 7-C-8-D-7-1, de la Manzana Castastral No. 5, del Distrito Catastral No.8 , del municipio de Santiago, con un área de 480.01 metros cuadrados, con los siguientes linderos; al Norte, Calle en proyecto; al Sur, Parcela No. 7-C-8-E; al Este, Solar Municipal 7-C-8-D-6; y al Oeste, Parcela No. 7-C-8-D; por el precio total de RD$43,200.90 (cuarentitrés mil doscientos pesos con 90/100). c) Al Dr. Robinson Abréu Blondet, una porción de terreno, con designación municipal No. 88-b-1-A-2 de la Manzana Municipal No.2, ubicado dentro del ámbito de la Parcela No. 213-B-3-1, del Distrito Catastral No. 6, del municipio de Santiago, con un área de 1,357.78 metos cuadrados, con los siguientes linderos: al Norte, Solar Municipal No. 88-B-1-B; al sur, Solar Municipal No. 88-B-1-A-1; al Este, Av. Estrella Sadhalá; y al Oeste, Parcela No. 86-C; por el precio total de RD$135,778.00 (ciento treinticinco mil setecientos setentiocho pesos con 00/100). d) Al señor Tito Guerrero, una porción de terreno, con designación municipal No. 17 de la Manzana Municipal No. 18 (Parte 3-R-K), ubicado en el solar catastral No. 10-A-2 (Parte), de la Porción "C" Catastral, del Distrito Catastral No. 1, del municipio de Santiago, con un área de 84.79 metros cuadrados, con los siguientes linderos: al Norte, Solar Municipal No. 5; al Sur, Solar Municipal No. 3; al Este, Terreno Municipal; y al Oeste, calle España; por el precio total de RD$12,718.50 (doce mil setecientos dieciocho pesos con 50/100). e) Al senor Ligio Antonio de León, una porción de terreno, con designación municipal No. 2076 de la Manzana Municipal No. 148, ubicado dentro del ámbito de la Manzana Catastral No. 142, del Distrito Catastral No. 1, del municipio de Santiago, con un área de 132.24 metros cuadrados, con los siguientes linderos: al Norte, Resto de la Manzana No. 142; al Sur, resto de la Manzana; al Este, Calle Luperón; y al Oeste, resto de la Manzana No. 142; por el precio total de RD$16,530.00 (dieciséis mil quinientos treinta pesos con 00/100). Artículo 2.- Se autoriza al Ayuntamiento del municipio de Barahona a vender: a) A la señora Taella Indhira Dotel Guilliani, una porción de terreno, con designación municipal Solares No. 1 y No. 2 de la Manzana No.3, ubicados dentro del ámbito de la Parcela No. 51, del Distrito Catastral No.2, del municipio de Barahona, con un área de 456.41 metros cuadrados, con los siguientes linderos: al Norte, Solar Municipal No. 3; al Sur, Carretera Barahona - La Guázara; al Este, Calle Proyecto No. 1; y al Oeste, terreno propiedad de los sucesores Lama; por el precio total de RD$57,051.25 (cincuenta y siete mil cincuentiún pesos con 25/100). b) Al señor Marino Pérez Gómez, una porción de terreno, que tiene designaciones municipales Nos. 9 y 10 de la Manazana Municipal No. 8, localizada dentro de la Parcela Catastral No. 51, Distrito Catastral No. 2, del municipio de Barahona, con un área de 528.00 metros cuadrados, con los siguientes linderos: al Norte, Solares Nos. 11 y 12; al Sur, Solar No. 8; al Este, Solares Nos. 15 y 16; y al Oeste, Calle Proyecto; por el precio total de RD$52,800.00 (cincuenta y dos mil ochocientos con 00/100). c) A la señora Belkis A. Amador, un solar que tiene designación municipal Solar No. 1 de la Manzana No. 3, dentro del ámbito de la Parcela No. 51, del Distrito Catastral No. 2, del municipio de Barahona, con un área de 240.00 metros cuadrados, con los siguientes linderos: al Norte, Solar Municipal No. 2; al Sur, Calle Proyecto; al Este, Calle Proyecto; y al Oeste, Talleres de Obras Públicas; por el precio total de RD$30,000.00 (treinta mil pesos con 00/100). d) A la señora Madeligne Peña de Heredia, un solar que tiene designación municipal No. 16 de la Manazana Municipal No. 8, ubicado dentro de la Parcela Catastral No. 51, del Distrito Catastral No. 2, del municipio de Barahona, con un área de 264.00 metros cuadrados, con los siguientes linderos: al Norte, Solar Municipal No. 15; al Sur, Solar Municipal No. 17; al Este, calle Proyecto No. 1; y al Oeste, Solar Municipal No. 9; por el precio total de RD$26,400.00 (veintiséis mil cuatrocientos pesos con 00/100). e) A la señora Edelmira Rafaela Segura, una porción de terreno que tiene designación municipal, Solar No. 6 de la Manzana No. 4, dentro del ámbito de la Parcela No. 51 del Distrito Catastral No. 2, del municipio de Barahona, con un área de 203.50 metros cuadrados, con los siguientes linderos: al Norte, Solar Municipal No.7; al Sur, Solar Municipal No. 5; al Este, calle Proyecto No. 1; y al Oeste, terrenos propiedad sucesores Lama; por el precio total de RD$20,350.00 (veinte mil trescientos cincuenta pesos con 00/100). Artículo 3.- Se autoriza al Ayuntamiento del municipio de Barahona a donar: a) Al señor Rafael Matos Báez, un solar que tiene designación municipal No. 9 de la Manzana Municipal No. 13, ubicado dentro de la Parcela Catastral No. 51, del Distrito Catastal No.2 del municipio de Barahona, con un área de 240.01 metros cuadrados, con los siguientes linderos: al Norte, resto de la Parcela No. 51; al Sur, resto de la Parcela No. 51; al Este, calle de acceso; y al Oeste, resto de la Parcela No. 51; por un precio total de RD$12,000.50 (doce mil pesos con 50/100) b) A la señora Gullermina Nin y Nin, una porción de terreno que tiene designación municipal solar No. 8 de la Manzana No. 7, ubicado dentro de la Parcela Catastral No. 51 del Distrito Catastral No. 2 del municipio de Barahona, con un área corregida de 182.40 metros cuadrados, con los siguientes linderos: al Norte, Solar Municipal No. 7 (Manuel E. M.); al Sur, Solar Municipal No. 9; al Este, calle Proyecto; y al Oeste, Solar Municipal No. 2; por un precio total de RD$18,240.50 (dieciocho mil doscientos cuarenta pesos con 50/100). Artículo 4.- Se autoriza al Ayuntamiento del municipio de San Ignacio de Sabaneta a vender: a) A la señora Isidra Altagracia Batista, un solar ubicado dentro de la Manzana Catastral No. 8, del ámbito Distrito Catastral No. 1, del mucicipio de San Ignacio de Sabaneta, con un área de 253.57 metros cuadrados, con los siguientes linderos: al Norte, Geralda A. Tavárez; al Sur, Juan Vialet; al Este, calle Gregorio Luperón; y al Oeste, una cañada, por el precio total de RD$12,678.00 (doce mil seiscientos setenta y ocho pesos con 00/100). b) Al señor Domingo Antonio Rodríguez, un solar ubicado dentro de la Manazana Catastral No. 11, del Distrito Catastral No. 1, del mucicipio de San Ignacio de Sabaneta con un área de 230.49 metros cuadrados, con los siguientes linderos: al Norte, Pedro Jiménez; al Sur, calle San Ignacio; al Este, Antonio Carrasco; y al Oeste, calle Libertad, por el precio total de RD$10,083.94 (diez mil ochenta y tres pesos con 94/100). c) A la señora Elvira Cruz, un solar ubicado dentro de la Parcela No. 10, del mucicipio de San Ignacio de Sabaneta con un área de 204.75 metros cuadrados, con los siguientes linderos: al Norte, camino a Pata de Vaca; al Sur, Parcela No.11; al Este, resto de la Parcela No.10; y al Oeste, resto de la Parcela No.10; por el precio total de RD$7,166.25 (siete mil ciento sesenta y seis pesos con 25/100). d) Al señor Gregorio Andrés Rodríguez, el solar No.3 de la Manzana No.10, del Distrito Catastral No.1, del mucicipio de San Ignacio de Sabaneta con un área de 400.00 metros cuadrados, con los siguientes linderos: al Norte, solar No.2; al Sur, callejón y solar ocupado por el Sr. Enrique Jiménez; al Este, solares ocupados por los señores Juan Bonilla y Guillermina Altagracia Peña; y al Oeste, Calle Libertad; por el precio total de RD$20,000.00 (veinte mil pesos con 00/100). e) Al señor Gregorio Andrés Rodríguez, el solar No.2 de la Manzana No.2, del Distrito Catastral No.1, del mucicipio de San Ignacio de Sabaneta con un área de 136.85 metros cuadrados, con los siguientes linderos: al Norte, Ave. Próceres de la Restauración; al Sur, terrenos ocupados por el señor Damián Núñez; al Este, terrenos ocupados por la señora Casiana Mendoza; y al Oeste, calle Gregorio Luperón; por el precio total de RD$7,697.81 (siete mil seiscientos novetisiete pesos con 81/100). Artículo 5.- Se autoriza al Ayuntamiento del municipio de Hato Mayor a vender: d) Al señor Rafael Leonardo Quezada, un solar ubicado dentro de la porción B Catastral, del Distrito Catastral No.1, del municipio de Hato, con un área de 333.78 metros cuadrados, con los siguientes linderos: al Norte, Eliseo A. Mazara; al Sur, Julio de la Cruz; al Este, Aurora Mateo; y al Oeste, Calle Palo Hincado; por el precio total de RD$11,682.30 (once mil seiscientos ochentidós pesos con 30/100). Dado en Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, Capital de la República Dominicana, a los veintiocho (28) días del mes de enero del año mil novecientos noventa y siete, año 153 de la Independencia y 134 de la Restauración. Leonel Fernández

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Fuente: Consultoría Jurídica del Poder Ejecutivo (decretos y resoluciones de la Gaceta Oficial y la Colección de Leyes), leídos del corpus legal de ChatLeyes. Notifacto no publica cédulas, domicilios ni datos de contacto, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona