Texto de la norma
Dec. No. 176-97 que concede el beneficio de la incorporación a varias instituciones sin fines de lucro.
(G. O. No. 9952, del 15 de abril de 1997).
LEONEL FERNANDEZ
Presidente de la República Dominicana
NUMERO: 176-97
VISTA la Ley No. 520, del 26 de julio de 1920, sobre Asociaciones que no Tengan por Objeto un Beneficio Pecuniario, y sus modificaciones;
En ejercicio de las atribuciones que me confiere el Artículo 55 de la Constitución de la República, dicto el siguiente
DECRETO:
Artículo 1.- Se concede el beneficio de la incorporación a las siguientes asociaciones:
1.- JUNTA DE VECINOS DEL RESIDENCIAL JOSE CONTRERAS, que tiene su domicilio en Santo Domingo, D. N., y cuyos estatutos fueron aprobados en asamblea celebrada en fecha 11 de enero de 1997.
2.- FUNDACION PROGRESO EN MARCHA (FUPROMAR), que tiene su domicilio en Santo Domingo, D. N., y cuyos estatutos fueron aprobados en asamblea celebrada en fecha 9 de enero de 1997.
3.- ASOCIACION LA ALTAGRACIA, que tiene su domicilio en la provincia de Azua, R.D., y cuyos estatutos fueron aprobados en asamblea celebrada en fecha 26 de abril de 1996.
4.- FUNDACION "CIUDADANOS", que tiene su domicilio en Santo Domingo, D. N., y cuyos estatutos fueron aprobados en asamblea celebrada en fecha 8 de febrero de 1997.
5.- ASOCIACION ISLA VERDE, que tiene su domicilio en la provincia de Azua, R. D., y cuyos estatutos fueron aprobados en asamblea celebrada en fecha 23 de abril de 1996.
6.- ASOCIACION DE VENDEDORES DE ARTESANOS "UBERO ALTO" (ASOVALTO), que tiene su domicilio en Higüey, R. D., y cuyos estatutos fueron aprobados en asamblea celebrada en fecha 21 de enero de 1997.
7.- FUNDACION MATERNO-INFANTIL "LAS CIBELES", que tiene su domicilio en Santo Domingo, D. N., y cuyos estatutos fueron aprobados en asamblea celebrada en fecha 24 de julio de 1996.
8.- ASOCIACION "EL TAMARINDO", DE HATILLO ABAJO, que tiene su domicilio en Hatillo Abajo, provincia de Azua, R. D., y cuyos estatutos fueron aprobados en asamblea celebrada en fecha 4 de abril de 1995.
9.- ASOCIACION DE PROFESORES DE ALEMAN DE LA REPUBLICA DOMINICANA (APARD), que tiene su domicilio en Santo Domingo, D. N., y cuyos estatutos fueron aprobados en asamblea celebrada en fecha 11 de enero de 1997.
10.- CLUB DE LEONES SANTO DOMINGO "LOS CERROS", que tiene su domicilio en Santo Domingo, D. N., y cuyos estatutos fueron aprobados en asamblea celebrada en fecha 1 de julio de 1996.
11.- ASOCIACION CAMPESINA "LA CLARIDAD", que tiene su domicilio en la Sección Tábara Abajo, provincia de Azua, R. D., y cuyos estatutos fueron aprobados en asamblea celebrada en fecha 23 de febrero de 1996.
12.- ASOCIACION CRISTIANA DE MUJERES "LA CARIDAD" (ASOCRIMUCA), que tiene su domicilio en Santo Domingo, D. N., y cuyos estatutos fueron aprobados en asamblea celebrada en fecha 14 de octubre de 1996.
13.- FUNDACION ELENCO AMOR EVENTOS, que tiene su domicilio en Santo Domingo, D.N., y cuyos estatutos fueron aprobados en asamblea celebrada en fecha 9 de enero de 1997.
14.- ASOCIACION DE DUEÑOS DE CASAS DE EMPEÑO DE SAN FRANCISCO DE MACORIS (ACAFRAM), que tiene su domicilio en San Francisco de Macorís, R. D., y cuyos estatutos fueron aprobados en asamblea celebrada en fecha 19 de diciembre de 1996.
15.- MISION EVANGELICA "PUERTAS ABIERTAS, TEMPLO-FE", que tiene su domicilio en Santo Domingo, D.N., y cuyos estatutos fueron aprobados en asamblea celebrada en fecha 7 de enero de 1997.
16.- FUNDACION COMUNIDAD TERAPEUTICA CARCELARIA, que tiene su domicilio en Santo Domingo, D.N., y cuyos estatutos fueron aprobados en asamblea celebrada en fecha 4 de febrero de 1997.
17.- CLUB DEPORTIVO Y CULTURAL "RAFAEL CARABALLO" (BABI), que tiene su domicilio en Santiago, R. D., y cuyos estatutos fueron aprobados en asamblea celebrada en fecha 22 de abril de 1996.
18.- ASOCIACION PRO-OPERA DE LAS AMERICAS, que tiene su domicilio en Santo Domingo, D.N., y cuyos estatutos fueron aprobados en asamblea celebrada en fecha 29 de julio de 1996.
19.- LIGA DEPORTIVA Y CULTURAL "EUGENIO MARIA DE HOSTOS", que tiene su domicilio en la provincia de La Vega, R. D., y cuyos estatutos fueron aprobados en asamblea celebrada en fecha 14 de septiembre de 1987.
20.- ASOCIACION "CENTRO JOSUE" (CENJO), que tiene su domicilio en Puerto Plata, R. D., y cuyos estatutos fueron aprobados en asamblea celebrada en fecha 30 de julio de 1996.
21.- SOCIEDAD HISTORICA DE MONTECRISTI, que tiene su domicilio en Montecristi, R. D., y cuyos estatutos fueron aprobados en asamblea celebrada en fecha 15 de diciembre de 1996.
22.- FUNDACION PRO-CIENCIAS DEL DEPORTE Y LA RECREACION (PROCIDER), que tiene su domicilio en Santo Domingo, D.N., y cuyos estatutos fueron aprobados en asamblea celebrada en fecha 28 de octubre de 1996.
23.- JUNTA DE REGANTES DE MAO, que tiene su domicilio en el municipio de Mao, provincia Valverde, R. D., y cuyos estatutos fueron aprobados en asamblea celebrada en fecha 26 de noviembre de 1994.
24.- ASOCIACION DE PEQUEÑOS PRODUCTORES AVICOLAS DE MOCA-LICEY (APEPROAMOLI), que tiene su domicilio en el municipio de Licey al Medio, Santiago, R. D., y cuyos estatutos fueron aprobados en asamblea celebrada en fecha 2 de febrero de 1996.
25.- ASOCIACION "EXPRESION TRICOLOR", que tiene su domicilio en Santo Domingo, D.N., y cuyos estatutos fueron aprobados en asamblea celebrada en fecha 16 de julio de 1996.
Artículo 2.- Se aprueba la modificación de los estatutos de la ASOCIACIÓN DOMINICANA DE ALMACENISTAS IMPORTADORES, INC., (ADAI), celebrada en asamblea extraordinaria en fecha 11 de diciembre de 1996, con su domicilio en Santo Domingo, D.N.
Artículo 3.- Se aprueba la corrección del nombre de la "FEDERACION INTERNACIONAL DE SOCIEDADES CIENTIFICAS, (F.I.S.S.), CENTRAL CIENTIFICA", INC. por lo que en lo adelante se denominará "FUNDACION F.I.S.S., CENTRAL CIENTIFICA" Y/O "FEDERACION INTERNACIONAL DE SOCIEDADES CIENTIFICAS, F.I.S.S.", celebrada en asamblea extraordinaria en fecha 30 de marzo de 1995, con su domicilio en Santo Domingo, Distrito Nacional.
Artículo 4.- Envíese a la Procuraduría General de la República, para los fines correspondientes.
Dado en Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, Capital de la República Dominicana, a los tres (3) días del mes de abril del año mil novecientos noventa y siete, año 154 de la Independencia y 134 de la Restauración.
Leonel Fernández
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