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Abriendo el decreto…

Decreto

Decreto 104-97

QUE DISPONE LA REVISION Y ACTUALIZACION DE LOS CODIGOS CIVIL, PENAL, DE COMERCIO, DE PROCEDIMIENTO CIVIL Y DE PROCEDIMIENTO CRIMINAL.

Documento original (Consultoría Jurídica) →Consultar normas en ChatLeyes →
27 feb de 1997fecha
Otrostipo
G. O. 9948Gaceta Oficial del 1 ene de 1997
Poder Ejecutivoórgano

Texto

Texto de la norma
Dec. No. 104-97 que dispone la revisión y actualización de los Códigos Civil, Penal, de Comercio, de Procedimiento Civil y de Procedimiento Criminal. (G. O. No. 9948, del 28 de febrero de 1997). LEONEL FERNANDEZ Presidente de la República Dominicana NUMERO: 104-97 CONSIDERANDO: Que dentro del proceso de Reforma y Modernización del Estado y de la Justicia que desarrolla el Gobierno Dominicano, se impone la revisión y actualización de los Códigos Nacionales para su adecuación a los nuevos tiempos, de forma tal que contribuyan al fortalecimiento del Estado de Derecho y a la Institucionalidad Democrática. En ejercicio de las atribuciones que me confiere el Artículo 55 de la Constitución de la República, dicto el siguiente DECRETO: Artículo 1.- Se dispone la revisión y actualización del Código Civil, Código Penal, Código de Comercio, Código de Procedimiento Civil y Código de Procedimiento Criminal de la República Dominicana a cargo de las comisiones que más adelante se indican, las cuales deberán preparar y someter los anteproyectos correspondientes a los fines de su envío al Congreso Nacional. Artículo 2.- Se encarga la revisión y actualización del Código Civil de la República Dominicana a la Comisión integrada por el Dr. Rafael Luciano Pichardo, quien la coordinará; la Dra. Arelis Ricourt de Gómez, Dr. Víctor Joaquín Castellanos, Dra. Katiuska Jiménez Castillo y Dr. Luis Miguel Pereyra. Artículo 3.- Se encarga la revisión y actualización del Código Penal de la República Dominicana a la Comisión integrada por el Dr. Artagnan Pérez Méndez, quien la coordinará; Dr. Ramón Andrés Blanco Fernández, Dr. Víctor José Castellanos, Lic. Víctor Juárez Castillo, Lic. Lorenzo Fermín y Dra. Mercedes Cosme de Gonell. Artículo 4.- Se encarga la revisión y actualización del Código de Comercio a la Comisión integrada por el Dr. Bernardo Fernández Pichardo, quien la coordinará; la Dra. Ana Rosa Bergés de Farray, Dr. Américo Moreta Castillo, Dr. Roberto Rizek y Dr. Angel Ramos Brusiloff. Artículo 5.- Se encarga la revisión y actualización del Código de Procedimiento Civil de la República Dominicana a la Comisión integrada por la Dra. Margarita Tavares, quien la coordinará; Dr. Mariano Germán y Dr. Reynaldo Ramos Morel. Artículo 6.- Se encarga la revisión y actualización del Código de Procedimiento Criminal de la República Dominicana a la Comisión integrada por el Dr. César R. Pina Toribio, quien la coordinará, Dr. Juan Manuel Pellerano, Lic. Guillermo Moreno y Licda. Miriam Germán Brito. Artículo 7.- Las comisiones así designadas dispondrán de un plazo de veinte (20) meses para la entrega de sus recomendaciones y coordinarán sus trabajos con el Comisionado para la Reforma y Modernización de la Justicia a los fines de recibir el apoyo administrativo, logístico y financiero que fuere necesario. Artículo 8.- Se integra una Comisión de Asesores Honoríficos integrada por los señores: Lic. Luis Julián Pérez, Dr. Ramón Pina Acevedo, Dr. Marino Vinicio Castillo, Dr. Jottin Cury, Dr. Ramón Tapia Espinal, Dr. Manuel Bergés Chupani, Dr. Luis R. del Castillo Morales, Dr. Antonio Rosario y Dr. Federico C. Alvarez. Artículo 9.- Dicha Comisión podrá ofrecer de conjunto o de manera individual, asesoramiento al resto de las comisiones encargadas de las revisiones y actualizaciones de los Códigos Nacionales. Dado en Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, Capital de la República Dominicana, a los veintisiete (27) días del mes de febrero del año mil novecientos noventa y siete, año 153 de la Independencia y 134 de la Restauración. Leonel Fernández

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Texto del corpus legal de ChatLeyes, el asistente legal con IA de República Dominicana.

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Fuente: Consultoría Jurídica del Poder Ejecutivo (decretos y resoluciones de la Gaceta Oficial y la Colección de Leyes), leídos del corpus legal de ChatLeyes. Notifacto no publica cédulas, domicilios ni datos de contacto, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona