Texto de la norma
Dec. No. 94-97 que autoriza una emisión de sellos postales para el franqueo de la correspondencia, con la denominación “Efemérides Patrias”.
(G. O. No. 9948, del 28 de febrero de 1997).
LEONEL FERNANDEZ
Presidente de la República Dominicana
NUMERO: 94-97
VISTA la Ley sobre Especies Timbradas No. 2461, del 18 de julio de 1950.
En ejercicio de las atribuciones que me confiere el Artículo 55 de la Constitución de la República, dicto el siguiente
DECRETO:
Artículo 1.- Se autoriza la siguiente emisión de sellos postales para el franqueo de las correspondencias, de acuerdo con las disposiciones técnicas siguientes:
DENOMINACION
EFEMERIDES PATRIAS
DISEÑO
Escenas Alusivas
ESPECIFICACIONES
Llevarán la leyenda República Dominicana, Correos, su valor facial expresado y los textos que identifiquen el tema de su diseño.
CANTIDAD
Trescientos mil (300,000)
VALOR
150,000 de dos pesos (RD$2.00)
150,000 de tres pesos (RD$3.00)
Artículo 2.- Los sellos postales referidos en el artículo precedente, serán de forma rectangular en hojas de cincuenta ejemplares bajo el procedimiento Off-set multicolor.
Artículo 3.- Para las indicadas emisiones se utilizará papel tropicalizado engomado de 56 gramos, sustancia 103g M2.
Artículo 4.- El tamaño de cada uno de los sellos postales a que se refiere el presente Decreto, será determinado por la Comisión Oficial Filatélica, del Instituto Postal Dominicano.
Artículo 5.- Envíese a la Secretaría de Estado de Finanzas, al Tesorero Nacional, al Instituto Postal Dominicano y a la Comisión Oficial Filatélica, para los fines correspondientes.
Dado en Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, Capital de la República Dominicana, a los veintidós (22) días del mes de febrero del año mil novecientos noventa y siete, año 153 de la Independencia y 134 de la Restauración.
Leonel Fernández
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