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Abriendo el decreto…

Decreto

Decreto 50-97

QUE AUTORIZA A VARIAS PERSONAS A REALIZAR CAMBIOS DE NOMBRE

Documento original (Consultoría Jurídica) →Consultar normas en ChatLeyes →
28 ene de 1997fecha
Otrostipo
G. O. 9946Gaceta Oficial del 1 ene de 1997
Poder Ejecutivoórgano

Texto

Texto de la norma
Dec. No. 50-97 que autoriza a varias personas a realizar cambios de nombres. (G. O. No. 9946, del 31 de enero de 1997). LEONEL FERNANDEZ Presidente de la República Dominicana NUMERO: 50-97 CONSIDERANDO: Que las personas que figuran en la parte dispositiva del presente Decreto, habían sido autorizadas por el Poder Ejecutivo a realizar los procedimientos que para cambios de nombres establece la Ley No. 659 sobre Actos del Estado Civil, del 17 de julio de 1944, y sus modificaciones; CONSIDERANDO: Que la Junta Central Electoral, ha informado no haber recibido dentro del plazo legal, ningún acto de oposición a las solicitudes formuladas en tal sentido por los interesados; CONSIDERANDO: Que han sido cumplidas todas las formalidades requeridas por la Ley; VISTOS los Artículos 80, 81, 82 y 83 de la Ley No.659 sobre Actos del Estado Civil, del 17 de julio de 1944; En ejercicio de las atribuciones que me confiere el Artículo 55 de la Constitución de la República, dicto el siguiente DECRETO: Artículo 1.- La señora Magali Antonieta Hernández, queda autorizada a cambiar su nombre por el de Magalys Antonia Hernández. Artículo 2.- La señorita Eufracia Odilom Rosario Abad, queda autorizada a cambiar su nombre por el de Eudy Rosario Abad. Artículo 3.- El señor Alejandro Victorial Espinal Rodríguez, queda autorizado a cambiar su nombre por el de Alejandro Espinal Rodríguez. Artículo 4.- El señor Juan Cerda, queda autorizado a cambiar su nombre por el de Juanito Cerda. Artículo 5.- La señora Anyely Miglaglin Cabrera Domínguez, queda autorizada a cambiar su nombre por el de Anyely Cabrera Domínguez. Artículo 6.- La señora Luz Silvestre, queda autorizada a cambiar su nombre por el de Crusita Silvestre. Artículo 7.- El señor José Román Guzmán, queda autorizado a cambiar su nombre por el de José Ramón Guzmán. Artículo 8.- El señor Perseverando Hernández, queda autorizado a cambiar su nombre por el de Juan Hernández. Artículo 9.- La señora Colombina Fátima Abréu Montes de Oca, queda autorizada a cambiar su nombre por el de Fátima Antolina Abréu Montes de Oca. Artículo 10.- El señor Teófilo Amparo Medrano, queda autorizado a cambiar su nombre por el de Teo Amparo Medrano. Dado en Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, Capital de la República Dominicana, a los veintiocho (28) días del mes de enero del año mil novecientos noventa y siete, año 153 de la Independencia y 134 de la Restauración. Leonel Fernández

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Texto del corpus legal de ChatLeyes, el asistente legal con IA de República Dominicana.

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Fuente: Consultoría Jurídica del Poder Ejecutivo (decretos y resoluciones de la Gaceta Oficial y la Colección de Leyes), leídos del corpus legal de ChatLeyes. Notifacto no publica cédulas, domicilios ni datos de contacto, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona