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Abriendo el decreto…

Decreto

Decreto 36-97

QUE CREA E INTEGRA LA COMISION PERMANENTE DE EFEMERIDES PATRIAS.

Documento original (Consultoría Jurídica) →Consultar normas en ChatLeyes →
25 ene de 1997fecha
Comisión u organismotipo
G. O. 9946Gaceta Oficial del 1 ene de 1997
Poder Ejecutivoórgano
1persona nombrada

Personas que nombra En verificación

PersonaQué dice el decretoCargo e institución
Diandino PeñaMiembro de un órganoSecretario Administrativo de la Presidencia

Leídas del texto del decreto: puede haber errores de lectura. El enlace con otras fuentes es por nombre y puede tratarse de otra persona con el mismo nombre.

Texto

Texto de la norma
Dec. No. 36-97 que crea e integra la Comisión Permanente de Efemérides Patrias. (G. O. No. 9946, del 31 de enero de 1997). LEONEL FERNANDEZ Presidente de la República Dominicana NUMERO: 36 -97 CONSIDERANDO: Que resulta estimulante y beneficioso infundir a la conducta cívica del pueblo dominicano el más acendrado patriotismo mediante el conocimiento sostenido y reiterado de sus más gloriosas jornadas históricas y de las actividades ejemplares de sus más relevantes valores humanos; CONSIDERANDO: Que para el Gobierno Dominicano poder desarrollar tan dignificante tarea, se hace necesario la creación de un organismo especializado en el asunto que se denominará COMISION PERMANENTE DE EFEMERIDES PATRIAS, integrada por la cantidad de miembros que considere el Poder Ejecutivo, los cuales tendrán carácter renovable, así como de un Secretario Ejecutivo Permanente; CONSIDERANDO: Que dentro de las actividades de dicha comisión deben celebrarse anualmente el "Mes de la Patria" del 26 de enero al 27 de febrero, ambas fechas inclusive, así como la "Semana de la Soberanía Nacional", del 10 al 16 de agosto, ambas fechas inclusive, y en este año de 1997 específicamente la conmemoración del centenario del fallecimiento de la gran espada de la Restauración Nacional, Gral. Gregorio Luperón, en una jornada especial a efectuarse el próximo mes de mayo. En ejercicio de las atribuciones que me confiere el Artículo 55 de la Constitución de la República, dicto el siguiente DECRETO: Artículo 1.- Se crea la COMISION PERMANENTE DE EFEMERIDES PATRIAS a fin de que la misma se dedique en su oportunidad a preparar y organizar los actos y festejos apropiados para conmemorar las más gloriosas jornadas históricas que han ocurrido en la vida de la República, así como exaltar a los más destacados valores humanos que han luchado por la conservación y desarrollo de la nacionalidad dominicana. Artículo 2.- Dicha Comisión estará integrada por los señores Ing. Diandino Peña, Secretario Administrativo de la Presidencia, quien la presidirá; Lic. Ana Silvia Reynoso de Abud, Subsecretaria de Estado de Educación, Bellas Artes y Cultos, Vicepresidenta; Dr. Julio Genaro Campillo Pérez, Lic. José Chez Checo, Víctor Víctor Rojas y Manuel Jiménez, miembros. Además, la misma Comisión contará con la colaboración y participación de los Secretarios de Estado de las Fuerzas Armadas, Interior y Policía, Educación, Bellas Artes y Cultos, y otras dependencias del Gobierno Dominicano que fueren de lugar. Artículo 3.- El Poder Ejecutivo dispondrá de las medidas necesarias para la mejor ejecución de las actividades que acuerde efectuar la Comisión. Dado en Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, Capital de la República Dominicana, a los veinticinco (25) días del mes de enero del año mil novecientos noventa y siete, año 153 de la Independencia y 134 de la Restauración. Leonel Fernández

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Texto del corpus legal de ChatLeyes, el asistente legal con IA de República Dominicana.

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Fuente: Consultoría Jurídica del Poder Ejecutivo (decretos y resoluciones de la Gaceta Oficial y la Colección de Leyes), leídos del corpus legal de ChatLeyes. Notifacto no publica cédulas, domicilios ni datos de contacto, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona