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Abriendo el decreto…

Decreto

Decreto 34-97

QUE CONCEDE EL BENEFICIO DE LA INCORPORACION A VARIAS ASOCIACIONES SIN FINES DE LUCRO

Documento original (Consultoría Jurídica) →Consultar normas en ChatLeyes →
22 ene de 1997fecha
Incorporación de asociacionestipo
G. O. 9946Gaceta Oficial del 1 ene de 1997
Poder Ejecutivoórgano

Texto

Texto de la norma
Dec. No. 34-97 que concede el beneficio de la incorporación a varias asociaciones sin fines de lucro. (G. O. No. 9946, del 31 de enero de 1997). LEONEL FERNANDEZ Presidente de la República Dominicana NUMERO: 34-97 VISTA la Ley No. 520, del 26 de julio de 1920, sobre Asociaciones que no Tengan por Objeto un Beneficio Pecuniario y sus modificaciones; En ejercicio de las atribuciones que me confiere el Artículo 55 de la Constitución de la República, dicto el siguiente DECRETO: Artículo 1.- Se concede el beneficio de la incorporación a las siguientes asociaciones: 1.- INSTITUTO DE INFECTOLOGIA (IDI), que tiene su domicilio en Santo Domingo, D.N., y cuyos estatutos fueron aprobados en asamblea celebrada en fecha 18 de marzo de 1993. 2.- INSTITUTO DE CULTURA INDICA DE REPUBLICA DOMINICANA, que tiene su domicilio en la ciudad de Santo Domingo, D.N., y cuyos estatutos fueron aprobados en asamblea celebrada en fecha 16 de octubre de 1996. 3.- ASOCIACION DOMINICANA DE PROPIEDAD INTELECTUAL (ADOPI), que tiene su domicilio en la ciudad de Santo Domingo, D.N., y cuyos estatutos fueron aprobados en asamblea celebrada en fecha 25 de noviembre de 1996. 4.- FRATERNIDAD INTERNACIONAL DE HOMBRES DE NEGOCIOS DEL EVANGELIO COMPLETO (FRATERNIDAD), que tiene su domicilio en la ciudad de Santo Domingo, D.N., y cuyos estatutos fueron aprobados en asamblea celebrada en fecha 8 de noviembre de 1996. 5.- ASOCIACION DE PROFESIONALES AGROPECUARIOS DE JARABACOA (APROAJA), que tiene su domicilio en Jarabacoa, Provincia La Vega, y cuyos estatutos fueron aprobados en asamblea celebrada en fecha 5 de noviembre de 1996. 6.- ASOCIACION DE CHOFERES PUBLICOS PUERTO PLATA, GUZMAN, GUZMANCITO, CAMBIAZO Y EL TORO, que tiene su domicilio en Puerto Plata, R.D., y cuyos estatutos fueron aprobados en asamblea celebrada en fecha 13 de septiembre de 1996. 7.- ASOCIACION NACIONAL DE TRANSPORTISTAS SANTO DOMINGO-PUERTO PLATA (ANATRASADOPP), que tiene su domicilio en Santo Domingo, D.N., y cuyos estatutos fueron aprobados en asamblea celebrada en fecha 1 de septiembre de 1996. 8.- COMITE DE VOLUNTARIOS DE SALUD (COVOSA), que tiene su domicilio en la provincia de Azua, R.D., y cuyos estatutos fueron aprobados en asamblea celebrada en fecha 20 de octubre de 1996. 9.- FUNDACION PARA LA EDUCACION Y LA TECNOLOGIA AVANZADA (FUNDETA), que tiene su domicilio en la ciudad de Santo Domingo, D.N., y cuyos estatutos fueron aprobados en asamblea celebrada en fecha 11 de mayo de 1996. Artículo 2.- Se aprueban los nuevos estatutos de la IGLESIA MISION EVANGELICA PENTECOSTAL “PRINCIPE DE LA PAZ”, celebrada en asamblea general extraordinaria de fecha 17 de octubre de 1995, incluyendo cambio de nombre; por lo que en lo adelante debe llamarse IGLESIA MISION EVANGELICA PENTECOSTAL “PRINCIPE DE PAZ”, con su domicilio en Santo Domingo, D.N. Artículo 3.- Dicha incorporaciones y modificaciones estatutarias serán efectivas tan pronto como las indicadas asociaciones realicen el depósito y la publicación a que se refiere el Artículo 4 de la Ley No. 520, del 26 de julio de 1920, sobre Asociaciones que no Tengan por Objeto un Beneficio Pecuniario. Artículo 4.- Envíese a la Procuraduría General de la República, para los fines correspondientes. Dado en Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, Capital de la República Dominicana, a los veintidós (22) días del mes de enero del año mil novecientos noventa y siete, año 153 de la Independencia y 134 de la Restauración. Leonel Fernández Dec. 35-97 dispone que en lo adelante el Consejo Nacional de Producción Pecuaria, será dirigido y administrado por un Directorio en cual tendrá como Director Ejecutivo al Agrón. José Yermenos. (G. O. No. 9946, del 31 de enero de 1997).

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Texto del corpus legal de ChatLeyes, el asistente legal con IA de República Dominicana.

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Fuente: Consultoría Jurídica del Poder Ejecutivo (decretos y resoluciones de la Gaceta Oficial y la Colección de Leyes), leídos del corpus legal de ChatLeyes. Notifacto no publica cédulas, domicilios ni datos de contacto, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona