Texto de la norma
Decreto Nº 5042, que autoriza la impresión de estampillas para fósforos. (G. O. Nº 9186, del 23 de Mayo de 1970)
MANUEL RAMON RUIZ TEJADA
Presidente de la Suprema Corte de Justicia
En Ejercicio del Poder Ejecutivo
NUMERO 5042
VISTA la Ley sobre Especies Timbradas Nº 2461, del 18 de julio de 1950;
En ejercicio de las atribuciones que me confiere el artículo 55 de la Constitución de la República, dicto el siguiente
DECRETO:
ARTICULO UNICO.—Se autoriza la siguiente impresión de estampillas para fósforos:
5,000.000 (CINCO MILLONES) de estampillas de dos tercios de centavos, las cuales serán impresas en color amarillo mamey.
Estas estampillas serán de un tamaño de 4 cm. de largo por 2.5 cm. de ancho, incluyendo el margen para cada lado, y con el siguiente diseño: en el centro y dentro de una figura rectangular el número que corresponda al tipo de impuesto
(2/3). Encima de este número la palabra "dos tercios de centavos" y debajo la palabra "Fósforos". En la parte superior se leerá "República Dominicana", "Rentas Internas".
DADO en Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, Capital de la República Dominicana, a los catorce días del mes de mayo del año mil novecientos setenta, años 127º de la Independencia y 107º de la Restauración.
MANUEL RAMON RUIZ TEJADA
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